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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HAZ SPORT AGENCY S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal por deuda tributaria contra Haz Sport Agency S.A., solicitando apremio, intimación y remate. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta el pago íntegro de PESOS 859.456,90 más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Intimacion y embargo Trance y remate Interes articulo 104 codigo fiscal Domicilio ad litem Costas a la vencida Ley 13.406 Cpcc/c.p.c.c. Monto $859.456 90.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: HAZ SPORT AGENCY S.A. Objeto: Ejecución fiscal por capital adeudado en PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 90/100 ($ 859.456,90), con aplicación de intereses según artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; medidas de apremio, intimación y embargo y remate. Decisión: Se declaró procedente la ejecución: ordenó continuar la causa de trance y remate y llevar adelante la ejecución hasta que la demandada haga íntegro pago del monto reclamado más los intereses; se impusieron las costas a la vencida; se constituyó domicilio ad litem por hallarse debidamente notificada; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC) Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;" "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, HAZ SPORT AGENCY SA; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 90/100 , ($ 859.456,90). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)." Se ordenó además: "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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