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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CARRIZO MARCELO RAFAEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial para cobrar una deuda tributaria. El Tribunal ordenó continuar la ejecución, con embargo y remate hasta el pago de PESOS 140.114,40 más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal, y constituyó domicilio ad litem por haber sido intimado el demandado.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Embargo Trance y remate Domicilio ad litem Intereses art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Costas a la vencida Monto $140.114 40

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARCELO RAFAEL CARRIZO. Objeto: Ejecución por apremio provincial a fin de cobrar un capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA MIL CIENTO CATORCE CON 40/100 ($140.114,40) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal; medidas de embargo, trance y remate. Decisión: Se hizo lugar al apremio; se mandó llevar adelante la ejecución con embargo, trance y remate hasta que el demandado efectúe el pago íntegro del capital reclamado con los intereses legales; se impusieron las costas a la vencida; se constituyó domicilio ad litem por la notificación de intimación; difiriéndose la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes del fallo): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC) Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;" "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, MARCELO RAFAEL CARRIZO; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CIENTO CUARENTA MIL CIENTO CATORCE CON 40/100 , ($ 140.114,40). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)." "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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