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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ZALAZAR JUAN CARLOS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por impuestos adeudados. El Tribunal hizo lugar al pedido, ordenó la ejecución hasta obtener el pago de $1.718.772,90 más intereses aplicables conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y declaró perdido el derecho procesal de la parte demandada por no oponer excepciones en término.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria $1.718.772 90 Intereses resolucion 10/24 Perdida de derecho procesal Ley 13.406 Cpcc arts. 116 165 540 556 Costas Domicilio constituido

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Juan Carlos Zalazar. Objeto: Ejecución forzosa (apremio provincial) del crédito fiscal consistente en la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 90/100 ($1.718.772,90) en concepto de capital reclamado, más intereses aplicables conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra Juan Carlos Zalazar hasta el íntegro pago del monto reclamado más intereses; se declaró perdido el derecho de la parte demandada por no haber opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal; costas a la demandada vencida; se postergó la regulación de honorarios conforme normativa aplicable; se tuvo por constituido domicilio en los estrados del juzgado y se instruyó su notificación según ley 13.406 y art. 133 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos/referencias más relevantes, lenguaje original): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE DERQUI
- NRO. 4648
- CP. 1882
- LOC. EZPELETA, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra JUAN CARLOS ZALAZAR, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 90/100 ($1.718.772,90), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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