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LOPEZ CHRISTIAN RENE C/ EDESUR SA S/ EJECUCION DE SENTENCIA

El actor promovió ejecución de sentencia contra EDESUR S.A. para hacer efectivo un crédito por $7.786.520,28 conforme a liquidación del 11/03/2026. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas al ejecutado, imponiendo intereses según tasa del Banco Provincia para descuentos a 30 días.

Ejecucion de sentencia Incumplimiento procesal Intereses banco provincia Perdida del derecho por inactividad Costas de la ejecucion Liquidacion 11/03/2026 Cpcc arts. 497-506 Ley 14967 (honorarios) Lomas de zamora Edesur s.a.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Christian René López, actor ejecutante. Demandado: EDESUR S.A., ejecutado. Objeto: Ejecución de sentencia y pago de la suma de $7.786.520,28 conforme a la liquidación aprobada el 11/03/2026, más intereses aplicables. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la suma reclamada y de los intereses aplicables; se impusieron las costas de la ejecución al demandado; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal, como lo prescribe el art. 504 del CPCC, el que se encuentra vencido y haciéndose efectivo el apercibimiento que contiene el art. 506 del mismo código, désele por perdido el derecho dejado de usar, correspondiendo en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución. Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por los arts. 497, 498, 499, 503 y 506 del CPCC., FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado EDESUR S.A. haga al acreedor CHRISTIAN RENE LOPEZ integro pago de la suma de $7.786.520,28, correspondiente a la liquidación aprobada en fecha 11/03/2026 y de allí en más hasta el efectivo pago los intereses que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento en pesos a 30 días vigentes en los distintos períodos de aplicación (CALZ, Sala I, causa N° 63606, 13/03/07, Sala II, causa N° 39804, 11/03/10). Impónese las costas de la ejecución al demandado vencido (arts. 68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios para su oportunidad (arts. 23 y 51 de la ley 14967). REGISTRESE. Notifíquese de conformidad con lo establecido en el art. 10 del anexo 1 de la Ac. 4013/21 SCBA. Téngase presente lo demás solicitado para el momento procesal oportuno.-"

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