SIRIS MIRTA NOEMI C/ MICROOMNIBUS QUILMES S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Demandas por daños y perjuicios originadas en caída de pasajeras al descender de un colectivo. El Tribunal rechazó las demandas por insuficiencia probatoria respecto del hecho y del nexo causal, y condenó en costas a las actoras.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rosana Elizabeth Galloso y Mirta Noemí Siris, por representación de la Dra. María Alejandra Mocchetti.
Demandado: Micro Ómnibus Quilmes SACIYF; Microómnibus Ciudad de Berazategui S.A.; el conductor Manuel Roberto Santillán; y la Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (citada en garantía).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de sendas caídas ocurridas el 14/10/2009 cuando las actrices descendían del interno 607, ramal 1, reclamando distintos rubros (daño físico y secuelas, daño moral, daño psicológico, gastos de tratamiento, farmacia, radiografías y traslados).
Decisión: Se desestimaron ambas demandas acumuladas por falta de prueba suficiente sobre la existencia del hecho y el nexo causal, se rechazó la participación de Microómnibus Ciudad de Berazategui S.A. y se impusieron las costas a las actoras.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales relevantes):
"Que, no han probado las actoras la existencia del hecho denunciado en ocasión de viajar como pasajeras del interno 607 ramal 1, de la empresa Microómnibus Quilmes SACIYF, por lo que no cabe sino el rechazo de las demandas efectuadas en ambas actuaciones, acumuladas. Lo que así decido."
"Que el presente caso está regido por el art. 184 del Código de Comercio, que regula el contrato de transporte férreo, aplicable a otros medios de transporte, que establece la responsabilidad objetiva. ... Las eximentes del art. 184 del C. Comercio, iguales a las del art. 1113 del C. Civil, exigen un indagar instructorio más hondo ... el accionado debe acreditar la concurrencia de las eximentes previstas ... Debe demostrar que la conducta de la víctima o de un tercero ha excluido, sea de manera total o parcial, su responsabilidad."
"Que, si bien la actora efectúa denuncia en sede policial ... la misma fue archivada ... Asimismo, la actora Galloso ha desistido de la prueba confesional ... y se le ha tenido por decaída la prueba testimonial ... Por su parte, la actora Siris también ha desistido de la prueba confesional ... y se decretó la caducidad de la prueba testimonial ofrecida ... Que, si bien las actoras han solicitado que se tengan por reproducidos los testimonios obrantes en sede penal, cabe señalar que las demandadas han manifestado su oposición ... y ... las declaraciones de los testigos en sede penal que no ratificaran sus dichos en la causa civil bajo el control de las partes ... carecen de valor probatorio."
"PRIMERO: ... Corresponde al Juez evaluar el material probatorio, y en ese análisis lógico-jurídico hacer mérito de aquellas probanzas que ayuden a la dilucidación de los hechos, pudiendo descartar o no considerar aquellas que considere superfluas o que no aporten elementos conducentes para la resolución del conflicto planteado."
Fallo (extracto): "I
- Desestimando la demanda incoada por ROSANA ELIZABETH GALLOSO y MIRTA NOEMÍ SIRIS contra MICRO ÓMNIBUS QUILMES S.A.C.I.yF., MANUEL ROBERTO SANTILLÁN y su aseguradora citada en garantía MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS por daños y perjuicios. II
- Desestimando la demanda incoada por ROSANA ELIZABETH GALLOSO y MIRTA NOEMÍ SIRIS contra MICROÓMNIBUS CIUDAD DE BERAZATEGUI SOCIEDAD ANONIMA por daños y perjuicios. III
- Imponiendo las costas a las actoras que resultan vencidas (art. 68 del C.P.C.C.)."
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