CORIA ELVIRA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicita la declaración de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Elvira Coria. El Tribunal declara que por fallecimiento de Elvira Coria le suceden en carácter de herederos universales sus hijos, registrando a los cuatro progenitores indicados y ordenando notificar al domicilio electrónico constituido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los hijos y presuntos herederos: CARLOS OSCAR DIAZ y CORIA; MARIA ESTHER DIAZ y CORIA; ROSALIA NORMA DIAZ y CORIA; MONICA MABEL DIAZ y CORIA (constan como interesados y se ordena su registro).
Demandado: No consta un demandado concreto; se tramita la sucesión ab-intestato de ELVIRA CORIA.
Objeto: Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de Elvira Coria y el reconocimiento de la calidad de herederos universales de sus hijos.
Decisión: Se declara, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ELVIRA CORIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CARLOS OSCAR DIAZ y CORIA, MARIA ESTHER DIAZ y CORIA, ROSALIA NORMA DIAZ y CORIA y MONICA MABEL DIAZ y CORIA, y se ordena su registro y notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"1º) Que con el certificado de defunción adjunto el 26/12/2025 se acredita el fallecimiento de ELVIRA CORIA ocurrido el día 03/07/2023.-
2º) Que ésta era de estado civil soltera.-
3º) Que fue madre de CARLOS OSCAR (26/07/1961) MARIA ESTHER (26/03/1963) ROSALIA NORMA (10/01/1973) Y MONICA MABEL (15/03/1975) -ver certificados de nacimientos adjuntos el 26/12/2025-.-
4º) Que con fecha 10/04/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14095
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ELVIRA CORIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CARLOS OSCAR DIAZ y CORIA , MARIA ESTHER DIAZ y CORIA, ROSALIA NORMA DIAZ y CORIA Y MONICA MABEL DIAZ y CORIA REGISTRESE.-
Para que los herederos declarados cuenten con una copia de la presente resolución, cuya firma digital puede ser verificada accediendo mediante el código QR, notifico la misma al domicilio electrónico constituido en este expediente por las partes 20218824707@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero.-"
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