Legajo Nº 2 - IMPUTADO: CAVALLO, MAXIMILIANO SANTIAGO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
Legajo de ejecución por cumplimiento de reglas de conducta impuestas a condenado por tenencia de estupefacientes. La Cámara- Juzgado de Ejecución dispuso archivar el legajo al haberse cumplido la pena el 07/06/2026 y caducar registralmente el 07/06/2033, comprobándose además la ausencia de nuevos procesos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal Dr. Martín Bonomi, que solicitó el archivo).
Demandado: Maximiliano Santiago Cavallo, D.N.I. N° 30.087.055.
Objeto: Archivo del legajo de ejecución penal FSM 105595/2019/TO1/2 por haberse agotado la pena impuesta y actualizar antecedentes.
Decisión: Archivar el legajo de ejecución de Maximiliano Santiago Cavallo y notificar; se consignó que no registra nuevos procesos penales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
II. Conforme el cómputo de pena practicado en autos “ii (…) surge de la compulsa de la causa que Cavallo permaneció detenido en prisión preventiva desde el día 28 de junio hasta el 24 de agosto de 2018, es decir, cumplió en esa condición un mes y veintisiete días. iii. Que, en consecuencia, la pena de prisión impuesta a Maximiliano Santiago Cavallo se tendrá por no pronunciada el día 7 de junio de 2026 y caducará a todo efecto registral el día 7 de junio de 2033”.
III. Con fecha 30 de junio del 2026, se solicitó al Registro Nacional de Reincidencia que se actualizaran los antecedentes penales que pudiera registrar el nombrado. Según surgió de lo informado el pasado 6 de julio, Maximiliano Santiago Cavallo, no registraba nuevos procesos penales.
IV. Corrida la vista al Ministerio Público Fiscal, el Doctor Martín Bonomi – auxiliar fiscal
- manifestó que “… Entonces, toda vez que se encuentra agotada la pena
- 07/06/2026, a criterio de esta parte se debe disponer el archivo del presente legajo de ejecución penal”.
Resolución: “ARCHIVAR el presente Legajo de Ejecución de Maximiliano Santiago Cavallo. Regístrese, notifíquese, publíquese (Acordada 15/2013 CSJN).”
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