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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: GOMEZ, DANIEL NELSON s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

El defensor solicitó que las salidas transitorias de Daniel Nelson Gómez se efectúen bajo tuición familiar en lugar de penitenciaria. La Cámara rechazó el pedido por entender que no existen circunstancias nuevas ni tiempo suficiente de cumplimiento del régimen que justifiquen modificar la tuición penitenciaria adoptada el 8 de mayo de 2026.

Salidas transitorias Tuicion penitenciaria Tuicion familiar Progresividad Ejecucion penal Decreto 396/99 Ley 24.660 Rechazo Reincidencia Evaluacion temporal

Actor: Defensa particular de Daniel Nelson Gómez, representada por el Dr. Nicolás Eduardo Robles. Demandado: Tribunal de Ejecución / Fiscalía (incidente contra la modalidad de tuición de las salidas transitorias). Objeto: Cambio de la modalidad de tuición de las salidas transitorias de tuición penitenciaria a tuición familiar, invocando arts. 35 y 36 del Decreto 396/99 y el principio de progresividad de la ejecución penal. Decisión: Se rechazó el pedido de modificación de la tuición, manteniéndose la modalidad de acompañamiento penitenciario establecida el 8 de mayo de 2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales: "Adelanto que el planteo no habrá de prosperar." "De este modo cabe recordar que mediante resolución de fecha 8 de mayo de 2026 este tribunal incorporó a Daniel Nelson Gómez al régimen de salidas transitorias y dispuso expresamente que los egresos se efectuarán bajo tuición penitenciaria, acompañado por un agente no uniformado, modalidad que fue establecida atendiendo a las particulares circunstancias del caso y a la necesidad de instrumentar una incorporación gradual al medio libre." "Desde entonces, no se advierte la existencia de circunstancias nuevas, objetivas y debidamente acreditadas que justifiquen modificar el temperamento oportunamente adoptado." "Ello es así, pues las distintas modalidades de acompañamiento previstas reglamentariamente no implican que su modificación proceda de manera automática, sino que debe responder a la evolución evidenciada por el condenado y a las circunstancias verificadas en cada caso." "si bien la defensa destaca que Gómez viene usufructuando las salidas transitorias sin registrar incumplimientos ni observaciones negativas por parte del Servicio Penitenciario Federal, no puede perderse de vista que dicho instituto fue concedido mediante resolución de fecha 8 de mayo de 2026, por lo que el tiempo transcurrido desde el inicio de los egresos resulta aún acotado para considerar suficientemente consolidado el proceso de adaptación al régimen." "En consecuencia, el correcto cumplimiento de las salidas hasta el momento constituye un dato favorable que este tribunal valora positivamente, pero todavía no brinda elementos suficientes para concluir que resulte aconsejable sustituir la tuición penitenciaria por una familiar." "En ese contexto, la modalidad de acompañamiento penitenciario continúa resultando adecuada para la etapa que actualmente transita Gómez, sin perjuicio de que, de mantenerse la evolución favorable observada y verificarse en el futuro un período razonable de cumplimiento satisfactorio de las salidas transitorias, pueda reevaluarse la modalidad de ejecución oportunamente dispuesta." "NO HACER LUGAR, por el momento, al pedido de modificación de la modalidad de tuición de las salidas transitorias solicitado por la defensa de Daniel Nelson Gómez, manteniéndose la modalidad de acompañamiento penitenciario oportunamente dispuesta mediante resolución de fecha 8 de mayo de 2026 (arts. 16, 17 y concordantes de la Ley 24.660 y arts. 28, 35 y 36 del Decreto 396/99)."

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