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...S/COBRO EJECUTIVO

La actora promovió cobro ejecutivo sobre un pagaré vencido reclamando capital, intereses y costas. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó remate y continuación del proceso hasta que la ejecutada pague $108.144,04 más intereses pactados, IVA sobre intereses, costos y costas.

Cobro ejecutivo Pagare con clausula sin protesto Mora desde 05/08/2022 Intereses moratorios 6% mensual Intereses punitorios 50% de moratorios Capitalizacion de intereses Tope tasa (2 veces tasa bapro) Remate / trance y remate Iva sobre intereses Ejecucion preventiva de prueba de falta de oposicion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ELECTRONICA MEGATONE S.A. Demandado: LAURA ESTHER NUÑEZ Objeto: Cobro ejecutivo fundado en un pagaré con cláusula sin protesto, reclamando suma capital de $108.144,04 más intereses moratorios pactados, IVA sobre intereses, costos y costas. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se manda continuar la ejecución y remate hasta tanto la ejecutada abone la suma reclamada y accesorios; se ordena liquidación de intereses conforme a lo pactado y con posibles límites al momento de la liquidación definitiva; honorarios a regularse una vez firme la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): I.
- "No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal, el que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, pese a haber sido intimada de pago y embargo en el domicilio sito en calle Gil Medina Nº 331, de Barrio San Martin, de la ciudad de San Nicolás, intimación recepcionada por la accionada, dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)." II.
- "Tratándose el documento ejecutado de UN PAGARE CON CLAUSULA SIN PROTESTO, la mora se configura desde la fecha del vencimiento del mismo, en el caso de autos, desde el 05/08/2022." III.
- "En cuanto a los intereses que se solicitan, estos se liquidarán conforme a lo expresamente pactado por las partes en el título ejecutado, (intereses moratorios correspondientes al 6% mensual con más los intereses punitorios que serán equivalentes al 50% de los intereses moratorios), desde la fecha de mora indicada en el considerando que antecede y hasta su efectivo pago; con más la capitalización que corresponda la que será determinada en el momento de practicarse la liquidación definitiva (art. 770 del Código Civil y Comercial), ello sin perjuicio de la morigeración del cálculo de intereses al momento de la liquidación conforme el tope establecido por la Excma. Cámara Primera de Apelación Departamental -Resol. 172, Expte. 1414-98, Fº 555 del 27-08-1998-, es decir, el de dos veces la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos a treinta días (tasa activa), en sus distintos períodos de aplicación y del posterior análisis que se realice a la luz de lo establecido por los artículos 9, 10, 11, 279, 771, 958 y 1004 del CCCN." FALLO (parte pertinente): "esta causa de trance y remate mandando llevar la ejecución adelante, hasta tanto la ejecutada, LAURA ESTHER NUÑEZ, haga a la acreedora, ELECTRONICA MEGATONE S.A., íntegro pago de la suma de Pesos CIENTO OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON 4/100 ($108.144,04), con más los intereses que se liquidarán con arreglo a lo dispuesto en el Considerando III, el I.V.A. sobre dichos intereses, los costos y las costas de la presente ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)." Adicionales procesales: "Los honorarios profesionales se regularán firme que se encuentre la liquidación definitiva (arts. 23 y 51 de la ley 14.967)." y notificaciones conforme arts. 41 y 133 del C.P.C.C.

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