Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MIÑO, JORGE ANTONIO s/AVERIGUACION DE DELITO y INFRACCION LEY 23.737 DENUNCIANTE: MAIDANA, RAUL NICOLAS Y OTRO
La tutora legal solicitó autorización para que el imputado domiciliario acompañe a la madre a turnos y controles médicos tras el nacimiento de su hija. La Cámara Federal negó el permiso porque la salida solicitada no está prevista en las normas que regulan la ejecución de la pena y porque la petición adolece de legitimación y formalidades procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Clarisa Gabriela Franco, tutora legal del imputado.
Demandado: Tribunal Oral Federal de Corrientes (petición dirigida al tribunal para autorización de salida).
Objeto: Autorización para que el imputado Jorge Antonio Miño, que cumple prisión domiciliaria, acompañe a su tutora a turnos y trámites relativos a controles médicos periódicos (nacida la hija el 8 de julio).
Decisión: Se rechazó la solicitud. "NO HACER LUGAR a la solicitud de salida formulada por la Clarisa Gabriela Franco, en favor de su tutorado Jorge Antonio Miño."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "La salida de la prisión domiciliaria cuya autorización se pretende, no se encuentra prevista en ninguna de las normas que regulan la ejecución de la pena, por lo que debe ser rechazada sin más."
- "Lleva dicho este tribunal que la única diferencia en el régimen de cumplimiento de prisión preventiva, entre llevarlo en una cárcel y llevarlo en un domicilio, es precisamente ésta. En todo lo demás el régimen es exactamente el mismo."
- "Por otro lado, el pedido que se formula configura una paradoja insólita por la cual el imputado fungiría de tutor de su tutora, cuando la cuestión es exactamente al revés, por lo que de prolongarse esta situación, devendría hipotéticamente, en que el imputado debería cambiar de tutor, o su prisión domiciliaria debería ser revocada."
- Voto del juez Belforte: "He votado precedentemente, porque el asunto llegó a mi despacho en este estado procesal. Sin perjuicio del criterio desarrollado, no puedo dejar de considerar que dificilmente la peticionante hubiera estado legitimada para hacerlo, pues correspondía al propio imputado formularlo. Y por otro lado, debería haber sido efectuada la presentación con asistencia letrada."
- Parte resolutiva: "NO HACER LUGAR a la solicitud de salida formulada por la Clarisa Gabriela Franco, en favor de su tutorado Jorge Antonio Miño."
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