Legajo Nº 1 - PRESENTANTE: COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL II, DE MARCOS PAZ- SPF BENEFICIARIO: GRECO, JAVIER ALEJANDRO s/LEGAJO DE CASACION
El interno promovió acción de habeas corpus por presuntos maltratos, negligencia médica y sustracción de efectos durante una requisa en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación porque no se acreditó un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención ni la ineficacia de las vías ordinarias, y confirmó que la impugnación carece de la fundamentación mínima exigible.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Javier Alejandro Greco (representado por la Defensa Pública Oficial).
Demandado: Autoridades del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz / autoridad penitenciaria (acción de habeas corpus dirigida contra omisiones/actuaciones del personal penitenciario).
Objeto: Reparación de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención por maltrato durante una requisa (golpes al ser trasladado en silla de ruedas), abandono médico/ falta de atención sanitaria y sustracción de alimentos e indumentaria.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que había confirmado el rechazo de la acción de habeas corpus; dejó presente la reserva del caso federal y resolvió sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente):
"En el caso bajo estudio, tal como lo han sostenido mis colegas del juzgado federal y de la cámara, el recurrente no ha demostrado la existencia de un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención, ni tampoco la ineficacia o inutilidad de las vías ordinarias de revisión previstas procesalmente para examinar la situación de su asistido. En consecuencia, no se advierte la necesidad de acudir al remedio excepcional previsto por la ley 23.098."
"En definitiva, la impugnación carece de la fundamentación mínima y necesaria para demostrar su procedencia, exigible según el art. 463 C.P.P.N."
"I. DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Javier Alejandro Greco, sin costas (arts. 530 y ss. del C.P.P.N.). II. TENER PRESENTE la reserva del caso federal."
- Votos: Mayoría declaró inadmisible (firmado por Carbajo y Borinsky adhiriendo a propuesta); voto de Hornos expresó criterio distinto sobre admisibilidad formal y propuso continuar trámite y fijar audiencia, pero la decisión fue por mayoría declarar la inadmisibilidad.
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