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CORBALAN, NATALIA BELEN Y OTRO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por secuelas e incapacidad derivadas de un accidente ocurrido el 24/09/2021 contra Swiss Medical Art S.A. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que siguió la Comisión Médica N°10 en cuanto no existe incapacidad, rechazó los agravios por inasistencias y confirmó la regulación de honorarios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CORBALAN, NATALIA BELEN y otro. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. Objeto: Reconocimiento de incapacidad y secuelas por accidente ocurrido el 24/09/2021. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia y la determinación de la Comisión Médica Nro. 10 de que el actor no presenta incapacidad; se impusieron las costas de Alzada a la apelante; se confirmaron la regulación de honorarios del perito y se reguló en el 30% los honorarios de los letrados por su actuación ante la Cámara.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El pronunciamiento de la anterior instancia, que confirmó la resolución de la Comisión Médica Nro. 10 -en la que se determinó que el actor no presenta incapacidad, como consecuencia del accidente acaecido el 24 de septiembre de 2021-, viene a esta instancia apelado por la parte actora..." "El planteo no tendrá, por mi intermedio, favorable recepción, ya que la actora no dio cumplimiento a la intimación dispuesta en el auto de fecha 18 de febrero de 2025 y, además, la consintió, por lo que el apercibimiento efectivizado el 14 de abril de 2025, se ajusta a las constancias de autos." "Contrariamente a lo expuesto en el memorial en análisis, en el caso se reclama por las secuelas de un único accidente, ocurrido el 24/09/2021 y no surge que, en las anteriores inasistencias, ni en el recurso interpuesto a fs. 141/144, la accionante hubiese acompañado certificado médico o constancia alguna, para justificar sus incumplimientos." "Los honorarios regulados a favor del perito médico, auspicio sean confirmados. De las consideraciones efectuadas en grado surge que los mismos fueron regulados de acuerdo con la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas; la regulación se revela adecuada, por lo que corresponde confirmarla." Voto de mayoría (Pesino, con adhesión de González): se confirma la sentencia apelada, se imponen costas de Alzada a la apelante y se regula honorarios de los letrados en el 30% de lo fijado en instancia anterior.

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