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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AVILA, WILLIAM ALEXIS s/ROBO DAMNIFICADO: MARTINEZ, URIEL TIZIANO

El imputado fue juzgado por robo simple en grado de tentativa mediante procedimiento de juicio abreviado. La Cámara (Tribunal Oral unipersonal) condenó a William Alexis Ávila a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, valorando la confesión, la minoría de edad de la víctima y el valor del teléfono sustraído.

Juicio abreviado Robo simple tentativa Arrebato Victima menor Confesion Pena seis meses Prision de efectivo cumplimiento Telefono celular $220.000 Aprehension policial Costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Auxiliar Fiscal Dr. Juan N. Varela. Demandado: William Alexis Ávila (imputado). Objeto: Se lo enjuicia por el delito de robo simple en grado de tentativa, en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del CPN), por el arrebato de un teléfono celular marca Tecno Spark Go 2024, color celeste, propiedad de Uriel Tiziano Martínez, menor de edad, ocurrido el 22 de mayo de 2026. Decisión: Se admitió el juicio abreviado previsto en el art. 431 bis del CPPN, se homologó el acuerdo en cuanto a la calificación y se condenó a Ávila a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas; fija vencimiento de la pena el 21/11/2026 y dispone notificar a la madre del damnificado (Ley 27.372).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): “Se encuentra debidamente acreditado en autos con el grado de convicción suficiente para esta etapa del proceso que el día 22 de mayo de 2026, siendo aproximadamente las 12:12 horas, en la intersección de las calles Calilegua y Pasaja Ypacaraí, de esta ciudad, William Alexis Ávila, se apoderó ilegítimamente -mediante el empleo de violencia en las personas
- de un teléfono celular marca Tecno, modelo Spark Go 2024, color celeste, propiedad de Uriel Tixiano Martínez.” “El propio reconocimiento del hecho descripto por parte de Ávila, asistido por su defensa, permite acreditar la participación que en este tuvo el nombrado, con entidad suficiente como para arribar a un pronunciamiento condenatorio.” “Los dichos del oficial Néstor Maximiliano Villarreal ... son contestes con la versión de su compañera Blanco y robustecen su declaración.” “Valoro que, mediante su confesión, se arribó a un pronunciamiento judicial rápido y efectivo, evitando un dispendio jurisdiccional innecesario.” “Teniendo en cuenta lo reseñado y los demás índices de mensuración de la pena establecidos por los artículos 40 y 41 del CPN, entiendo apropiado imponerle una pena menor a la sanción pactada por las partes, e imponer la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, por la conducta por la que aquí se lo juzga.” Además se consignó el valor aproximado del teléfono: “la suma de doscientos veinte mil pesos ($220.000)”. No se registran votos en disidencia.

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