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LONGUEIRA, MARIA VICTORIA c/ ASOCIART S.A. ART s/RECURSO LEY 27348

La actora interpuso recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional que descartó incapacidad por accidente laboral. El Juzgado declaró desierto el recurso por falta de agravios concretos y fundó la devolución a la Comisión Médica para que continúe el trámite de homologación, regulando además honorarios.

Recurso de apelacion Ley 27.348 Comision medica jurisdiccional Desestimacion por falta de agravios Devolucion al servicio de homologacion Incapacidad laboral Accidente de trabajo 11/11/2025 Costas Honorarios $800.000 Art.116 l.o.

Actor: LONGUEIRA, MARIA VICTORIA (trabajadora / actora). Demandado: ASOCIART S.A. ART (parte administrativa en procedimiento de la Ley 27.348). Objeto: Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional N° 010 que determinó ausencia de incapacidad derivada del accidente laboral ocurrido el 11 de noviembre de 2025 (golpe en mano izquierda). Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación por no contener agravios concretos y razonados que cuestionen el dictamen médico; se ordenó la devolución del expediente al Servicio de Homologación de la Comisión Médica Jurisdiccional para que prosiga el trámite; se impusieron costas por su orden y se regularon honorarios en $800.000 para cada representación letrada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso, sin embargo, no constituye una crítica concreta y razonada de los fundamentos del referido dictamen (art. 116 L.O.). En efecto, conviene recordar que la expresión de agravios destinada a fundar un recurso de apelación debe señalar las partes del pronunciamiento atacado que se consideren equivocadas y, fundamentalmente, criticar los errores –de hecho o de derecho que pudieran haberse incurrido mediante la crítica concreta y razonada de las partes de aquella decisión que pretende se revoque, mediante la indicación detallada de los errores, omisiones y otras deficiencias que pudieran atribuírsele, especificando con exactitud cuál es el gravamen concreto que le produce..." "En el caso en examen, ... la recurrente no cuestiona eficazmente los fundamentos del dictamen médico, los exámenes médicos, y las consideraciones científicas con las que se fundamentó la ausencia de incapacidad derivada del infortunio denunciado, sino que se limita a cuestionar la constitucionalidad de diversas normas de la ley 27.348, lo cual obsta a que el suscripto pueda viabilizar el reexamen del material probatorio y las cuestiones resueltas." "Respecto del pretendido daño psicológico ... en tanto no efectúa réplica alguna contra los fundamentos por los cuales la Comisión Médica rechazó el ofrecimiento de prueba para la evaluación de la esfera psíquica, no es posible su consideración." "Por lo expuesto, el recurso debe ser desestimado (art. 116 L.O.). ... cabe apartarse de los lineamientos de la Resolución Nº26 del 13 de diciembre de 2021 dictada por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y en consecuencia proceder a la devolución del presente recurso a fin de que el Servicio de Homologación de la Comisión Médica Jurisdiccional a prosiga el consecuente trámite." Fallo resolutivo transcripto: "1) Declarar desierto el recurso interpuesto. 2) Las costas de la presente instancia se declaran por su orden... 3) ... corresponde regular los honorarios ... en la suma actual de $800.000.
- ... y de la representación letrada de la parte demandada en la suma actual de $800.000.-"

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