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CONTRERAS VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el recálculo, actualización y pago de diferencias de su haber previsional. El Juzgado hizo lugar parcialmente, declaró inconstitucionalidad aplicable por confiscatoriedad en caso de superar 15% y ordenó la liquidación y pago de diferencias con prescripción parcial y plazo de 120 días para la liquidación.

Reajustes varios Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Inconstitucionalidad Confiscatoriedad 15% Prescripcion art.82 ley 18.037 Isbic Liquidacion 120 dias Intereses tasa pasiva bcra

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: VÍCTOR CONTRERAS. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto: Se pide dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes, recálculo, actualización, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (reajustes varios), con intereses y costas. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, se deja sin efecto la resolución impugnada, se acepta en parte la excepción de prescripción conforme art. 82 Ley 18.037, se ordena a ANSES practicar la liquidación conforme los considerandos y, de existir diferencias, poner al pago el haber recalculado y cancelar las acreencias retroactivas en el plazo de 120 días; se declaran costas por su orden y se difiere regulación de honorarios hasta existencia de suma líquida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente de la sentencia): "La parte actora deduce demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se deje sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes, y solicita se ordene el recálculo, liquidación y pago de todas las diferencias que surjan del haber previsional. Peticiona, en consecuencia, que se disponga la actualización de los haberes y el reajuste correspondiente." "Del análisis de autos se desprende que la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-PC-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241..., habiendo adquirido el derecho al beneficio el 03.05.2017, -fecha de alta 01.07.2017... En primer orden, de las constancias de autos surge que el pedido de reajuste del haber previsional ingresó en sede administrativa el 27.08.2024, por lo que habré de establecer la pertinencia del reclamo por los períodos cuya exigibilidad no sea anterior al 27.08.2022 (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 conforme art. 168 de la ley 24.241-)." "A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. ... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios...; 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... calcular la merma cuantificada en dinero (M.C.)...; 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%) en los términos de los precedentes fijados por la Excma. C.S.J.N., corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. en los términos indicados y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417-." "En consecuencia, corresponde declarar inaplicables las disposiciones del decreto 807/16 y determinar que las remuneraciones serán actualizadas mediante el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive) y a partir del 1/3/2009 deberá estarse a la pauta de actualización establecida en el art. 2º de la citada ley..." "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." "La liquidación deberá confeccionarse en el término de 120 (ciento veinte) días de quedar firme o ejecutoriada la presente... debiendo el organismo deudor, en idéntico plazo poner al pago el haber mensual reajustado y efectuar los requerimientos presupuestarios pertinentes a fin de cancelar las acreencias retroactivas que resulten..." Parte resolutiva textual: "I) Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por VICTOR CONTRERAS contra la ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y dejar sin efecto la resolución impugnada; II) Hacer lugar a la excepción de prescripción (art. 82 de la ley 18.037) conforme lo dispuesto en los considerandos; III) Ordenar a la demandada Anses a que en el plazo de ciento veinte días... practique la liquidación... y que, de obtener diferencias, ponga al pago el haber inicial recalculado... IV) Declarar las costas por su orden... V) Diferir la regulación de honorarios..."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en el expediente.

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