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SEQUEIRA EDUARDO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el reajuste del haber previsional asignado bajo la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recálculo y actualización del haber conforme a los lineamientos fijados, difirió tratamiento de determinados planteos (p. ej. ley 27.609) para la etapa de ejecución y declaró inconstitucional la Resolución SSS 6/09 (art. 14.2).

Reajustes Ley 24.241 Pbu Decreto 807/16 Prescripcion Movilidad previsional Inconstitucionalidad resol. sss 6/09 art.14.2 Ley 27.609 Intereses bcra Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sequeira Eduardo Omar (parte actora, titular del beneficio jubilatorio). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste del haber previsional asignado en el marco de la ley 24.241, declaración de inconstitucionalidad de normas y condena al pago de las diferencias resultantes. Decisión: Hizo lugar parcialmente a la demanda; ordenó a ANSeS el recálculo del haber inicial y su actualización conforme a la movilidad determinada, fijó prescripción parcial, declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Res. SSS 6/09, rechazó otras declaraciones de inconstitucionalidad por ahora y diferió el tratamiento de la ley 27.609 para la ejecución; impuso costas a ANSeS y reguló honorarios. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- Sobre prescripción (considerando 2): "2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años antes del inicio de la demanda por la Ley invocada 27.742, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
- Sobre PBU y precedentes (fragmento relevante): "Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). Ese valor, como es de público conocimiento, fue determinado mediante un procedimiento que contempla los incrementos otorgados a todos los beneficiarios con anterioridad a la sanción de la ley última citada y, posteriormente se vio incrementada mediante la aplicación de la metodología establecida por la Res. S.S.S 6/2009, por lo que no correspondería ... Bajo estas consideraciones se difiere su tratamiento con estos lineamientos, para el momento de ejecución."
- Sobre Decreto 807/16 y movilidad (fragmento relevante): "Queda analizar la constitucionalidad del Decreto 807/16. En tales términos, la actualización será hasta el 28/2/2009 conforme el fallo de la C.S.J.N. 'Blanco, Lucio Orlando c/ANseS s/Reajustes Varios' ... Así resuelvo por cuanto acompaño la decisión del Superior declarando por este acto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 ... De allí en adelante se aplican las leyes 26.417 y 27.426."
- Sobre la Ley 27.609 (fragmento relevante): "En cuanto los efectos de la transición ocurrida entre la entrada en vigencia de la ley 27.426 y la ley 26.417, me remito ... 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ANSeS s/amparos y sumarísimos' sentencia definitiva del 4/12/2025 ... Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente ... dejo expresamente a salvo mi criterio personal. ... No obstante ello, atento a la obligatoriedad de las directrices emanadas del Superior, corresponde ceñirse al criterio jurisdiccional vigente."
- Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución SSS 6/09 (art. 14.2) (fragmento relevante): "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Parte resolutiva (transcripción): "Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos ... proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos. 2) Una vez recalculado el haber ... deberá actualizárselo con los aumentos emergentes de la aplicación de la movilidad aquí determinada ... 4) Para el cómputo de las acreencias retroactivas ... deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción. 5) En relación a las inconstitucionalidades planteadas, estese a lo expresado en los considerandos respectivos. 6) Difiérase el tratamiento de la Ley 27609 para la etapa de ejecución. 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse de honorarios ... en el 15% del importe del crédito ..." Votos en disidencia: No consta voto en disidencia.

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