PARTIDO JUSTICIALISTA NRO. 2 - DISTRITO BUENOS AIRES s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - Ejercicio económico 01/01/2021 al 31/12/2021
El Partido Justicialista Nro. 2 – Distrito Buenos Aires presentó para aprobación sus estados contables correspondientes al ejercicio 01/01/2021 al 31/12/2021. El Juzgado aprobó los estados contables, declaró cumplida la obligación de capacitación y la correcta afectación del aporte extraordinario de $1.353.000,00, ordenando verificar un aporte extraordinario posterior en el control del ejercicio 2022.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Partido Justicialista Nro. 2
- Distrito Buenos Aires (presentación para control/aprobación de estados contables).
Demandado: No aplica (control judicial de estados contables conforme Ley 26.215 y Código Electoral).
Objeto: Aprobación de los Estados Contables del ejercicio 01/01/2021 al 31/12/2021, verificación del cumplimiento de destino de aportes públicos y obligación de destinar recursos a actividades de capacitación.
Decisión: Aprobar los Estados Contables del ejercicio 2021; tener por cumplida la obligación prevista en el art. 12 primer párrafo de la ley 26.215 por $5.142.059,74; tener por cumplido el destino del aporte extraordinario RESOL-2020-188-APN-MI por $1.353.000,00; agregar copia al expediente 2022 para verificación del aporte extraordinario RESOL-2021-273-APNMI por $1.855.000,00.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Que, en consecuencia de los hasta aquí expuesto, atento lo dictaminado por la Perito Contador interviniente en autos y por la señor Fiscal Federal, y no habiéndose presentado hasta la fecha observaciones o impugnaciones por parte de terceros, ni surgiendo la comisión de infracciones contempladas en la ley 26.215, corresponde disponer la aprobación de los Estados Contables analizados en estos actuados (art. 44 inc.2 ap. 'c' del Código Electoral Nacional y art. 12 inc. II ap. 'c' de la ley 19.108)."
"Que, en relación a la obligación prevista en el art. 12 de la ley 26.215, primer párrafo, ... surge que el partido percibió, durante el ejercicio en examen, fondos públicos para desenvolvimiento institucional por un total de $ 13.522.565,20 a valor nominal, lo cual lo obligaba a destinar a dicho rubro un mínimo de $ 2.704.513,04. Asimismo conforme las constancias del ejercicio precedente 2020, ... debía destinar como mínimo la suma de $ 5.142.059,74 a estas actividades."
"Que el partido acompaña la factura N° 02 del proveedor Exa Soluciones ... por un monto total de $ 1.353.000,00 y los comprobantes de transferencias correspondientes a su cancelación. Destaca la perito que estos trabajos de modernización ... fueron realizados en el edificio de la calle Matheu N°130 ... que esta dirección corresponde a la sede del Partido Justicialista del Orden Nacional. En consecuencia, corresponde tener por acreditado conforme el destino que fueron solicitados los aportes extraordinarios por $ 1.353.000,00."
Voto y conclusión del tribunal:
"RESUELVO: I
- Aprobar los Estados Contables presentados en autos por el 'Partido Justicialista', correspondientes al ejercicio económico comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. II
- Tener por cumplida, por parte del partido de autos la obligación prevista, en el art. 12 primer párrafo de la ley 26.215, por el monto de $ 5.142.059,74... III
- Tener por cumplido el destino de los aportes extraordinarios otorgados al partido comprendido en el art. 7 inc. a de Lay 26.215, por a RESOL-2020-188-APN-MI
- por un monto de $ 1.353.000,00. IV
- Agregar copia de la presente al expediente correspondiente al control de los Estados Contables del ejercicio 2022 ... por la suma de $1.855.000,00."
(Se consignan como relevantes los dictámenes del Cuerpo de Auditores Contadores y el pronunciamiento de la Fiscalía Federal que no objetó la aprobación, dejando a consideración lo señalado en punto 2.9.2.)
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