MACAYC SA (TF 47587-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora impugnó la resolución de la AFIP que determinó de oficio el impuesto a las ganancias por el período fiscal 2010 y liquidó intereses resarcitorios. La Cámara desestimó los agravios y confirmó la determinación fiscal al considerar probado que las compras de divisas fueron atribuidas a la sociedad y que no se acreditó la desvinculación o la imposibilidad de comunicarla al banco.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MACAYC S.A.
Demandado: Dirección General Impositiva (AFIP) / Tribunal Fiscal de la Nación en segunda instancia.
Objeto: Impugnación de la resolución nº 308/2016 de la AFIP que determinó de oficio impuesto a las ganancias (período 2010) y liquidó intereses resarcitorios; se alega que las operaciones de compra de divisas fueron realizadas por un ex apoderado/socio sin vinculación con la sociedad y que la sociedad fue víctima de estafa.
Decisión: Se desestiman los agravios de la actora y se confirma la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación. Se imponen costas a la actora y se fijan honorarios a favor de los letrados demandados en las sumas y términos indicados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La determinación sustentada en los ingresos omitidos detectados en virtud de la compra de moneda extranjera en el Banco HSBC [en el periodo fiscal 2010], efectuada con fondos cuyo origen no se encuentra justificado, no merece reprobación alguna, [...] toda vez que el organismo fiscal le otorgó un adecuado sustento a la atribución de las operaciones de compras de divisas en cuestión a la empresa actora".
"Las contestaciones a los oficios librados en la causa (Banco Central a fs. 119 y Banco HSBC a fs. 124) sólo permiten corroborar que las compras de divisas fueron realizadas por la empresa actora".
"Si bien el Banco HSBC precisa que, de las 65 operaciones registradas, se verificaron que dos no fueron firmadas por el Sr. Maceri, sino por el Sr. Filarent, se trata de una cuestión que no resulta hábil para modificar la postura fiscal".
"La recurrente no expuso razones que permitieran eximirlo de la responsabilidad de inscripción o de comunicar a la entidad bancaria el cambio de administración y la consiguiente desvinculación del Sr. Maceri".
"Cabe dejar expresa constancia que, según surge de las copias certificadas de la causa penal obrante en el paquete de prueba, en la causa Nro. 39.749/13, caratulada 'MACERI, CARLOS HORACIO S/INF. LEY 24.769', se encuentran acumuladas las causas ... dicha causa no tuvo sentencia definitiva ... y por ello, no aporta elementos conducentes para decidir en la presente instancia".
"Por tanto, debe desestimarse los agravios de la firma actora."
- No constan votos en disidencia relevantes.
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