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VERA, GONZALO JAVIER c/ BARACAT, NICOLAS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un choque en un estacionamiento reclamando $210.000 más intereses y actualización. El Juzgado rechazó la demanda por no haberse acreditado el siniestro ni la relación de causalidad, sosteniendo que las pruebas reunidas no generan convicción suficiente sobre el hecho narrado.

Danos y perjuicios Accidente de transito Estacionamiento Prueba pericial mecanica Falta de prueba Presuncion de riesgo Responsabilidad civil Costas Honorarios Aseguradora

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gonzalo Javier Vega. Demandado: Nicolás Baracat; citación en garantía dirigida a Caledonia Argentina Compañía de Seguros S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito sin lesiones ocurrido el 6/02/2022; se reclamó $210.000 (gastos de traslado $20.000; daños materiales $110.000; privación de uso $20.000; desvalorización $60.000) más intereses, costas y actualización. Solicitud de citación en garantía de la aseguradora. Decisión: Se rechazó la demanda entablada por Gonzalo Javier Vega, con costas a su cargo. Se regulan honorarios profesionales y del perito y mediador. Se consideró que no quedó probado el siniestro ni la relación de causalidad exigible para condenar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, con citas textuales): "Adelanto, desde ya, que con las exiguas pruebas aportadas en autos, no se ha demostrado el siniestro narrado en el escrito introductorio de la instancia, lo que conlleva a la desestimación de la acción." "El único elemento probatorio relevante que se cuenta es, sin dudas, el dictamen pericial mecánico presentado el día 8 de mayo de 2025 por el especialista desinsaculado de oficio Leandro R. Anda, quien tras incorporar datos relativos al lugar de ocurrencia del siniestro, expresó que 'El accidente se habría producido el día 6/02/2022 en las inmediaciones de la playa de estacionamiento del shopping Tortugas Mall. En momentos en que la parte actora se desplazaba a bordo de su rodado Chevrolet Classic por el estacionamiento cuando es contactado en su sector lateral derecho por el sector trasero del lateral derecho del rodado del demandado Peugeot 207 Compact cuando estaba realizando una maniobra de marcha atrás. Producto del contacto entre ambos vehículos, el rodado del actor Chevrolet Classic recibe diversos daños los cuales son analizados en el anexo adjunto al presente informe al cual me remito en honor a la brevedad'." "Nada de ello ha sido incorporado a la causa. Es sabido que lo que debía probar el actor frente a la negativa de la parte contraria respecto a la ocurrencia del siniestro, era justamente acreditar que el hecho existió. Es decir, tenían que justificar, al menos indiciariamente, la configuración del hecho constitutivo de su pretensión; extremo que, como dije, no veo que haya sido alcanzado." "En definitiva, los elementos probatorios reunidos en autos no logran generar en mí la convicción suficiente como para tener por comprobado el siniestro del modo en que ha sido relatado en la demanda, ni la relación de causalidad entre el perjuicio invocado y el deber de reparar pretendido mediante la promoción de la presente acción, razón por la cual, la demanda no puede prosperar."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia.

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