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NOCITA VICTOR HUGO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Familia demandó por daños y perjuicios por mala praxis médica por diagnóstico y tratamiento tardío de síndrome de Kawasaki que habría provocado aneurismas coronarios. El juez desestimó la demanda: consideró probada la actuación conforme a la lex artis, sostuvo la pertinencia del tratamiento por meningoencefalitis y siguió las conclusiones del Cuerpo Médico Forense que no atribuía culpa ni nexo causal suficiente con las secuelas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Víctor Hugo Nocita, Silvia Noemí Kippes y sus hijos (Rocco Domingo Nocita Kippes y Agata Teresa Victoria Nocita Kippes); luego Rocco y Agata comparecieron por mayoría de edad. Demandado: Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina; Dras. Cristina Susana Garbarino y María Laura González; y la aseguradora Seguros Médicos S.A. (citada en garantía). Objeto: Daños y perjuicios por mala praxis médica por presunta demora en el diagnóstico y en la administración de gammaglobulina para síndrome de Kawasaki, que habría causado aneurismas coronarios; monto reclamado $1.503.000 más intereses y costas (rubros: incapacidad $700.000, gastos terapéuticos $2.000, transporte $1.000, daño moral $500.000, daño moral del grupo familiar $300.000). Decisión: Se desestima la demanda en todas sus partes y se imponen las costas por su orden. Se regulan honorarios y se ordenan trámites de reparto/depósito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- “Como ya se indicó, en la especie, se cuenta con los informes periciales realizados en autos... y con el dictamen de dicho cuerpo oficial de galenos... De allí que por la seriedad, peso científico y objetividad es que cabe atribuirle a dicho Cuerpo mayor eficacia probatoria... y en los procesos como el de autos -mala praxis médica-, debe otorgarse especial consideración a las opiniones de los integrantes del Cuerpo Médico Forense.”
- “El Cuerpo Médico Forense explicó que el tratamiento indicado fue el adecuado para ese cuadro clínico que el niño presentaba y que fue correcto asumir el cuadro clínico que presentaba el niño como meningoencefalitis y tratarlo como tal... Ha quedado acreditada, entonces, la ausencia de culpa por parte de dichos profesionales de la salud y, en consecuencia, quebrado el nexo causal ya que no puede atribuírseles fehacientemente responsabilidad por el cuadro que presenta en la actualidad.”
- “De acuerdo con la bibliografía médica pediátrica actual, donde se describe que la administración endovenosa de gammaglobulina después del décimo día, los pacientes pueden desarrollar aneurismas coronarios hasta en el 30% de los casos...”
- “No ha quedado acreditada en autos que el obrar de las dos profesionales médicas demandados haya vulnerado la lex artis, como para imputar responsabilidad en los términos que ha sido iniciada la presente acción de daños.”
- Parte resolutiva: “Desestimando la demanda entablada por Víctor Hugo Nocita, Silvia Noemí Kippes, Rocco Domingo Nocita Kippes y Agata Teresa Victoria Nocita Kippes contra las Dras. Cristina Garbarino y María Laura González y el Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina, lo que se hace extensivo a la aseguradora Seguros Médicos S.A., con costas por su orden...”
- Montos/fechas relevantes incluidos en la sentencia: monto reclamado $1.503.000; hechos ocurridos entre 30/07/2004 y agosto 2004; administración de gammaglobulina el 12-13/08/2004 (duodécimo/decimotercer día); fecha de firma de la sentencia 17/07/2026.

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