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SIRI LUCRECIA GRACIELA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sucesión ab-intestato de Lucrecia Graciela Siri solicitó la declaratoria de herederos y acreditó estado civil y vínculos de filiación. El Tribunal declaró heredero universal a su cónyuge supérstite Alfredo Eduardo Parada y a sus hijos Ruben Ubaldo Quintero Fraixede, Bruno Damián Quintero Fraixede, Rita Betina Quintero Fraixede y Verónica Michelle Parada, fundando la decisión en las pruebas documentales y el cumplimiento de las publicaciones y oficios legales.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Filiacion Conyuge superstite Herederos universales Publicacion de edictos (art. 2340 cccn) Arts. 2424 2426 2433 cccn Ley 10.205 / ley 7205 Notificacion electronica (acordada scba 4013) Certificacion de nacimiento y defuncion nota: no se individualiza el juez que dicto la resolucion en el texto suministrado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La sucesión por fallecimiento de LUCRECIA GRACIELA SIRI (Expte. N° 55944), promovida en autos de sucesión ab-intestato. Demandado: No se individualiza demandado en el expediente; el trámite es de carácter declarativo de herederos. Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de Lucrecia Graciela Siri. Decisión: Declarar por derecho que le suceden en carácter de herederos universales los hijos Ruben Ubaldo Quintero Fraixede, Bruno Damián Quintero Fraixede, Rita Betina Quintero Fraixede y Verónica Michelle Parada, y el cónyuge supérstite Alfredo Eduardo Parada, con expresa mención sobre bienes propios y derechos sobre los gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- "Con las constancias obrantes en autos, se tienen por acreditados los siguientes extremos: 1. Con el acta acompañada digitalmente a fs. 1, el fallecimiento de la causante LUCRECIA GRACIELA SIRI, acaecido el 22/07/2018. 2. Con el acta acompañada digitalmente a fs. 1, su matrimonio con Alfredo Eduardo Parada, celebrado el 13/04/1994. 3. Con las copias certificadas de actas de nacimiento acompañadas a fs. 5/7, el nacimiento de Ruben Ubaldo Quintero Fraixede, el día 18/08/1984, Bruno Damián Quintero Fraixede, el día 26/01/1987, y Rita Betina Quintero Fraixede, el día 29/06/1990, fruto de la unión de Lucrecia Graciela Siri y Rubén Víctor Quintero Fraixede. 4. Con el acta acompañada digitalmente a fs. 1, el nacimiento de Verónica Michelle Parada, el día 13/03/1994, fruto de la unión de Lucrecia Graciela Siri y Alfredo Eduardo Parada. 5. Con la certificación de fs. 45 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs. 19, 22 y 35 el cumplimiento del oficio que requiere la ley 10.205, la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos."
- "Por ello, en atención a lo solicitado, lo que prescriben los arts. 2424, 2426 y 2433 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs. 49 por la Sra. Agente Fiscal, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de LUCRECIA GRACIELA SIRI, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ruben Ubaldo Quintero Fraixede, Bruno Damián Quintero Fraixede, Rita Betina Quintero Fraixede y Verónica Michelle Parada, y su cónyuge supérstite Alfredo Eduardo Parada, si hubiere bienes propios y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga en relación a los gananciales."
- "NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes y a la Sra. Agente Fiscal. REGÍSTRESE. Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto."

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