NAGELE BERNARDO FEDERICO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita incidente de rectificación en la sucesión ab-intestato por error material en la fecha de nacimiento del heredero. El Tribunal hizo lugar al pedido y rectificó la fecha “…07 de julio de 1981…” por “…07 de septiembre de 1981…”, atento la partida de nacimiento y lo expuesto por el Agente Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Señor Agente Fiscal (interviene y solicita la rectificación según el expediente).
Demandado: Nagele Bernardo Federico (sujeto de la declaratoria de herederos y de la rectificación).
Objeto: Rectificación de un error material en la fecha de nacimiento del heredero consignada en la declaratoria de herederos.
Decisión: Se hizo lugar a la rectificación de la declaratoria de herederos: donde consta “07 de julio de 1981” debe leerse “07 de septiembre de 1981”. Se ordenó la notificación electrónica a las partes y al Agente Fiscal y se registró el acto.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del expediente):
"Por ser exacto lo expuesto por el Sr. Agente Fiscal, atento lo que surge de la partida de nacimiento de fs. 19, por haberse incurrido en un error material en la fecha de nacimiento del heredero en la declaratoria de herederos de fs. 34, rectifícasela en el sentido que donde dice: '...07 de julio de 1981...', debe leerse: '...07 de septiembre de 1981...'."
"NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes y a la Sra. Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
"Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto."
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