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SANGALLI AURORA ELENA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La actora promovió trámite de declaratoria de herederos por fallecimiento de Aurora Elena Sangalli. El Tribunal declaró que por dicho fallecimiento sucede en carácter de heredera universal su progenitora María Petrona Cracco, conforme arts. 2424 y 2431 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Heredera universal Progenitora Cccn arts. 2424 y 2431 Cpcc arts. 735 y 737 Publicacion de edictos (art. 2340 cccn) Ministerio fiscal Acta de defuncion (16/01/2026) Registro de testamentos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María Petrona Cracco (peticionante de la declaratoria de herederos). Demandado: Sucesión de Aurora Elena Sangalli (sucesión ab-intestato). Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de Aurora Elena Sangalli. Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de Aurora Elena Sangalli, sucede en carácter de heredera universal su progenitora María Petrona Cracco.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como obraban en la resolución): "Con las constancias obrantes en autos, se tienen por acreditados los siguientes extremos: 1. Con el acta acompañada digitalmente a fs. 1, el fallecimiento de la causante AURORA ELENA SANGALLI, acaecido el 16/01/2026. 2. Con la copia certificada de acta de nacimiento obrante a fs. 3, el nacimiento de la causante Aurora Elena Sangalli, el día 02/08/1966, hija de María Petrona Cracco y de Pedro Sangalli. 3. Con el acta acompañada digitalmente a fs. 1, el fallecimiento de Pedro Sangalli, ocurrido el 12/11/2013. 4. Con la certificación de fs. 19 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs. 9, 10 y 14 el cumplimiento del oficio que requiere la ley 10.205, la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos. Por ello, en atención a lo solicitado, lo que prescriben los arts. 2424 y 2431 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs. 21 por la Sra. Agente Fiscal, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de AURORA ELENA SANGALLI, le sucede en carácter de universal heredera su progenitora María Petrona Cracco. NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes y a la Sra. Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
- Observaciones procesales relevantes: "Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto."

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