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MELON MIRTA DEL CARMEN S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los hijos de Mirta del Carmen Melón solicitaron la declaratoria de herederos por sucesión intestada. El Tribunal declaró por derecho que les corresponde la sucesión y los reconoció como herederos universales, fundando la decisión en las actas de nacimiento, el acta de defunción y las diligencias de publicidad y certificaciones previstas por la ley.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Acta de defuncion 25/10/2025 Actas de nacimiento Art. 2424 cccn Art. 2426 cccn Publicacion de edictos Ministerio fiscal Cpcc arts. 735 y 737

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Adriana Lomeña; Silvina Lomeña; Fernando Lomeña (hijos de la causante). Demandado: No consta demandado específico; trámite de sucesión ab-intestato sobre el patrimonio de la causante. Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de MIRTA DEL CARMEN MELON (sucesión ab-intestato). Decisión: Se declaró que, por fallecimiento de MIRTA DEL CARMEN MELON, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Adriana, Silvina y Fernando Lomeña. Notifíquese electrónicamente y regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Estos autos caratulados 'MELON MIRTA DEL CARMEN S/ SUCESION AB-INTESTATO', Expte. N° 56493, se encuentran en estado de dictar declaratoria de herederos." "1. Con el acta de defunción acompañada digitalmente a fs. 1, el fallecimiento de la causante MIRTA DEL CARMEN MELON, acaecido el 25/10/2025." "2. Con las actas acompañadas digitalmente a fs. 1, los nacimientos de Adriana Lomeña, el día 18/11/1964; Silvina Lomeña, el día 21/11/1966; y Fernando Lomeña, el día 10/05/1971, fruto de la unión de Mirta Del Carmen Melón y Ricardo José Lomeña." "3. Con la certificación de fs. 16 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs. 3, 4 y 9 el oficio que requiere la ley 10.205, el cumplimiento de la planilla que requiere la ley 7205 y el oficio al Registro de Testamentos." "Por ello, en atención a lo solicitado, lo que prescriben los arts. 2424 y 2426 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs. 18 por el Sr. Agente Fiscal, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de MIRTA DEL CARMEN MELON, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Adriana Lomeña, Silvina Lomeña y Fernando Lomeña. NOTIFÍQUESE electrónicamente (conf. Acordada SCBA N° 4013), a las partes y al Agente Fiscal. REGÍSTRESE." "Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto."

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