GAUNA ANGELES GIULIANA C/ LLAMOSA MARCELO NOEL Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La actora solicitó el desistimiento de la acción relativa al beneficio de litigar sin gastos. El Tribunal admitió el desistimiento, declaró extinguido el proceso y dispuso costas a cargo del desistente, teniendo presente la exención de tasa de justicia prevista en el art. 297 del Código Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GAUNA ANGELES GIULIANA, representada por la Dra. CARRETERO Paula Belén.
Demandado: LLAMOSA MARCELO NOEL y otra persona (no individualizada en la providencia).
Objeto: Trámite relativo a beneficio de litigar sin gastos; procedimiento principal extinguido por desistimiento.
Decisión: Se tuvo presente el informe del Actuario sobre la exención de tasa de justicia; se admitió el desistimiento de la acción formulado por la actora y, en mérito a ello, se declaró extinguido el proceso con costas a cargo del desistente. Notifícase conforme Ac. 4013/2021 de la SCBA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la providencia):
"En Morón, informa verbalmente el Actuario en este acto (Art. 116 del CPCC) que, de acuerdo a lo establecido por la Resolución nº1242 de la SCJBA del 31/5/2006, la tasa de justicia y su contribución respectiva se encuentran exentas de pago por hallarse la materia objeto de autos comprendida en las previsiones del art. 297 del Código Fiscal, lo que se tiene presente y se hace saber a sus efectos."
"Al punto II: AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo manifestado y en virtud de las facultades que la desistente tiene para hacerlo, no habiendo obstáculo legal, admítase el desistimiento de la acción (art. 304 del CPCC.) formulado y, en su mérito y con los alcances previstos por la citada disposición legal, declárase extinguido el proceso, con costas al desistente (art. 68 y 77 Cód.cit.). REGÍSTRESE."
"Hágase saber a las partes, en los términos de la Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A, el dictado de la presente providencia."
- Fechas y referencias relevantes: Informe del Actuario en atención a Resolución nº1242 SCJBA del 31/5/2006; presentación electrónica de la Dra. Carretero el 25/6/2026 a las 16:32:51 hs; notificación conforme Ac. 4013/2021 de la SCBA.
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