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AMARILLA ASDRUBAL ANTONIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió la apertura de la sucesión abintestato de Asdrubal Antonio Amarilla y la declaración de herederos. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Lucas Hernán y Débora Alejandra Amarilla y heredera a la cónyuge Ramona Esther del Valle Mansilla respecto de sus bienes propios, disponiendo la registración y la publicación edictal conforme ley.

Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Conyuge Hijos Publicacion edictal Art. 2340 cccn Arts. 2424 y 2426 cccn Ac. 4013/2021 scba Apertura de sucesion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados en la sucesión diligenciados por la Dra. Blacutt Silvia Liliana, identificados en la providencia como Ramona Esther del Valle Mansilla, Lucas Hernán Amarilla y Débora Alejandra Amarilla. Demandado: No surge demandado en autos; se tramita la sucesión abintestato por fallecimiento del causante. Objeto: Apertura de la sucesión ab-intestato de Asdrubal Antonio Amarilla y la declaración de herederos. Se acompañaron certificado de defunción, actas de matrimonio y partidas de nacimiento y se ordenó publicación edictal conforme art. 2340 del CCCN. Decisión: Se declaró que por fallecimiento de Asdrubal Antonio Amarilla suceden en carácter de herederos universales sus hijos Lucas Hernán Amarilla y Débora Alejandra Amarilla, y se declaró heredera a la cónyuge Ramona Esther del Valle Mansilla en cuanto a los bienes propios, con expresa referencia a los derechos sobre los gananciales. Se registró la providencia y se notificó conforme Ac. 4013/2021 SCBA. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal): "1º) Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 12 de Marzo de 2026, se acredita el fallecimiento de ASDRUBAL ANTONIO AMARILLA, ocurrido el día 20 de Noviembre de 2025.- 2º) Que éste era de estado civil casado en primeras nupcias con Ramona Esther del Valle Mansilla, cuyo matrimonio fue celebrado el día 16 de Enero de 1981, conforme se acredita en fecha 12 de Marzo de 2026.- 3°) Que de dicha unión nacieron sus hijos Lucas Hernán Amarilla, nacido el día 30 de Octubre de 1985, y Débora Alejandra Amarilla, nacida el día 19 de Diciembre de 1989, nacimientos acreditados en fecha 12 de Marzo de 2026.- 4º) Que por auto de fecha 17 de Marzo de 2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, acompañado en el escrito electrónico en la presentación venida a despacho, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.).-" "Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de ASDRUBAL ANTONIO AMARILLA le sucede en carácter de universales herederos, sus hijos Lucas Hernán Amarilla y Débora Alejandra Amarilla, y su cónyuge Ramona Esther del Valle Mansilla, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE.-" Notificaciones y constancias procesales relevantes:
- Certificado de defunción acreditado el 12/03/2026 (fallecimiento 20/11/2025).
- Matrimonio celebrado el 16/01/1981.
- Partidas de nacimiento de los hijos: 30/10/1985 (Lucas) y 19/12/1989 (Débora).
- Auto que ordenó la apertura de la sucesión: 17/03/2026.
- Publicación edictal y cumplimiento del art. 2340 del CCCN.
- Notificación automatizada conforme Ac. 4013/2021 SCBA a las partes indicadas.

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