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FERREYRA ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

La actora promovió ampliación de la declaratoria de herederos para que su hija sea reconocida como heredera universal por fallecimiento del causante. El Tribunal hizo lugar a la ampliación y declaró a María Inés Ferreyra como heredera universal, registrando la decisión en relación al registro Nº 544/2026, fundando en la acreditación del vínculo filial.

Sucesion ab-intestato Ampliacion de declaratoria de herederos Heredera universal Filiacion Codigo civil y comercial (arts. 2424 2426) Registro n? 544/2026 Notificacion automatizada (ac. 4013/2021 scba) Certificado de nacimiento actualizado Fideicomiso Jus previsional / bono ley 8480

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María Inés Ferreyra, representada por la Dra. Yesica Cintia Natalia Folguera. Demandado: Sucesión de Alberto Ferreyra (causante). Objeto: Ampliación de la declaratoria de herederos para reconocer a María Inés Ferreyra como heredera universal por fallecimiento de Alberto Ferreyra. Decisión: Se hizo lugar a la ampliación de la declaratoria de herederos y se declaró, en cuanto ha lugar, que por derecho le sucede como heredera universal la hija María Inés Ferreyra; regístrese en relación al registro Nº 544/2026. Además se ordenaron distintas diligencias de notificación y solicitud de certificados y oficio a un fideicomiso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en el lenguaje del Tribunal): "CONSIDERANDO: 1º) Que de la unión del causante Alberto Ferreyra con la Sra. Norma Ramona Sosa tambien nació su hija: María Inés Ferreyra el día 13/11/1973 conforme fuera acreditado en la presentación electrónica venida a despacho.- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de ALBERTO FERREYRA le sucede también en carácter de universal heredera, su hija MARÍA INÉS FERREYRA. REGISTRESE en relación al registro Nº 544/2026." Otras providencias y mandatos relevantes consignados por el Tribunal: "A los puntos I, II, III y V: Por presentada, parte en el carácter invocado, por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio procesal, así como el electrónico (art. 42, 120 y 135 inciso 14 del CPCC).
- Intimase al letrado para que en el término de cinco días de notificado, dé cumplimiento con el Jus previsional y con el bono ley 8480, bajo apercibimiento de comunicar a la Caja de Previsión Social para Abogados y al Colegio de Abogados, a sus efectos. NOTIFIQUESE mediante notificación automatizada (Ac. 4013 de la SCBA).-" "Al punto IV: Téngase presente lo expuesto y requiérase al Sr. Jorge Alberto Ferreyra para que en el término de 5 días tenga a bien acompañar el certificado de nacimiento actualizado mediante el sistema GEDO. NOTIFIQUESE mediante notificación automatizada (Ac. 4013/2021 de la SCBA).-" "De conformidad con lo solicitado, líbrese oficio dirigido al 'Fideicomiso fondo para Renovación y Mantenimiento de Unidades', a los únicos fines y efectos de que informe sobre la existencia de un fideicomiso a nombre del causante de autos, Alberto Ferreyra titular del DNI 04.916.401 y en caso afirmativo, transfiera dichas sumas a la cuenta bancaria abierta a nombre de autos.-"

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