SAYAGO HERIBERTO OSIRIS S/ SUCESION AB-INTESTATO
La petición de declaración de herederos por el fallecimiento de Heriberto Osiris Sayago solicitó la sucesión a favor de sus tres hijas y su cónyuge supérstite. El Tribunal declaró que les sucede por derecho como herederos universales a Patricia Cristina, Marcela Cristina y Ana Paula Sayago y a Maria Cristina Miranda, disponiendo además el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Patricia Cristina Sayago; Marcela Cristina Sayago; Ana Paula Sayago; Maria Cristina Miranda (peticionantes de la declaración de herederos).
Demandado: Heriberto Osiris Sayago (causante, fallecido el 20/10/2024).
Objeto: Declaración de herederos y consecuente reconocimiento de la sucesión por fallecimiento del causante.
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de Heriberto Osiris Sayago le suceden en carácter de herederos universales sus tres hijas y su cónyuge supérstite; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal y se ordenó registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes con lenguaje del Tribunal):
"a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Heriberto Osiris Sayago, ocurrido el día 20 de Octubre de 2024.-
b) Que el causante contrajo matrimonio con Maria Cristina Miranda, en fecha 8 de Enero de 1960 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 25/02/2025).-
c) Que de esa unión nacieron Patricia Cristina Sayago, el día 17/10/1960; Marcela Cristina Sayago, el día 06/06/1964; Ana Paula Sayago, el día 20/04/1969 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 25/02/2025).-
d) Que con la constancia de fecha 12/06/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Heriberto Osiris Sayago le suceden en carácter de universales herederos sus hijas Patricia Cristina, Marcela Cristina y Ana Paula Sayago y Miranda y su cónyuge supérstite Maria Cristina Miranda, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA)."
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