Logo

NARVAEZ RIOS MATIAS RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se promovió trámite declarativo de sucesión por fallecimiento de Matías Raúl Narvaez Rios solicitando la declaración de herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que su hija Solana Abril Narvaez Jaramillo lo sucede como única heredera universal, cesando la intervención del Ministerio Fiscal.

Sucesion Declaracion de herederos Heredera universal Fallecimiento 24/09/2024 Menor (nac. 25/12/2010) Cpcc arts. 735 y 737 Codigo civil y comercial arts. 2424 y 2426 Intervencion del ministerio fiscal (cesa) Publicacion de edictos (art. 734 inc. 2 cpcc) Registro / notificacion electronica

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Solana Abril Narvaez Jaramillo. Demandado: Matías Raúl Narvaez Rios (fallecido). Objeto: Declaración de sucesión hereditaria y reconocimiento de la calidad de heredera universal por fallecimiento del causante. Decisión: Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Matías Raúl Narvaez Rios le sucede en carácter de heredera universal su hija Solana Abril Narvaez Jaramillo; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal; se ordenó registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Matías Raúl Narvaez Rios, ocurrido el día 24 de Septiembre de 2024.- b) Que el causante era de estado civil soltero (conf. a la presentación electrónica de fecha 23/4/2025) c) Que de la unión del causante con la Sra. Carolina Josefina Jaramillo, nació Solana Abril Narvaez Jaramillo, el día 25/12/2010 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 23/4/2025).- d) Que con la constancia de fecha 27/8/2025 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.- Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Matías Raúl Narvaez Rios le sucede en carácter de universal heredera su hija Solana Abril Narvaez y Jaramillo. 2.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 3.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar