Legajo Nº 5 - IMPUTADO: PAGANO, RAUL CESAR s/LEGAJO DE CONTROL
Prórroga de prisión preventiva respecto de Raúl César Pagano solicitada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga por seis meses o hasta la finalización del debate y, por mayoría, instó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal dentro del plazo dispuesto.
Actor: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata (resolución disponiendo la prórroga).
- A quién se demanda (Demandado / afectado): Raúl César Pagano (imputado).
Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por seis meses o hasta la finalización del debate oral y público, a fin de asegurar la realización del juicio y la comparecencia del imputado.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Raúl César Pagano por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, a partir de su vencimiento, y por mayoría instó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal del imputado dentro del plazo dispuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales: “(P)RORROGAR la prisión preventiva dictada respecto de […] Raúl César Pagano […] a partir del 26 de junio del corriente por el término de seis (6) meses o hasta la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero, a los fines de asegurar la realización del juicio y la comparecencia [del imputado] (arts. 319 del CPPN y art. 1 de la Ley 24.390)” “En atención a los fundamentos dados por el tribunal, especialmente en punto a que ‘(e)l juicio se encuentra transitando actualmente la etapa final, habiendo culminado con su alegato el Ministerio Público Fiscal el pasado 12 de junio’, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Raúl César Pagano, por el término de seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento.” “En virtud de lo hasta aquí desarrollado, en ejercicio del control que incumbe a este tribunal de conformidad con lo establecido en el mencionado cuerpo normativo, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta y exhortar al a quo a que continúe imprimiendo celeridad al desarrollo del debate, procurando su finalización durante este plazo.” Además, voto concurrente: “Los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la normativa que regula la materia, interpretada a la luz de las pautas delineadas por el cimero tribunal in re ‘Acosta’ (Fallos: 335:533). En particular, el a quo ha fundado la extensión de la medida cautelar en la naturaleza de los ilícitos juzgados, caracterizados como crímenes contra la humanidad, y en la voluminosidad y complejidad del proceso que transita ya la etapa final del debate (art. 393 del ritual).”
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