BAKAI, ROMINA VANESA c/ ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
La actora demandó a Allianz Argentina S.A. por incumplimiento de la póliza de seguro por siniestro de un automotor y reclamó la indemnización por pérdida del vehículo, daño moral y daño punitivo. La Cámara confirmó la aceptación tácita del siniestro, rechazó el recurso de la aseguradora y modificó la sentencia de grado incrementando la indemnización por daño moral y punitivo y disponiendo actualizar la suma asegurada conforme al valor de reposición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Romina Vanesa Bakai.
Demandado: Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A.
Objeto: Cumplimiento del contrato de seguro por destrucción total del automotor Renault Duster (MSE094), pago de la suma asegurada o su valor de reposición actualizado, daño moral y daño punitivo.
Decisión: Se rechazó el recurso de la aseguradora y se hizo lugar al recurso de la actora en cuanto a modificar la condena de grado. Se confirmó que hubo aceptación tácita del siniestro por mora de la aseguradora. Se determinó que no corresponde limitar la indemnización a la suma asegurada histórica sino tomar el valor que la propia aseguradora utiliza actualmente para asegurar un vehículo similar; se elevó el daño moral a $1.000.000 (voto mayoritario) y el daño punitivo a $3.000.000. Costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Si el siniestro fue aceptado -incluso la demandada reconoció no haber dudado de que correspondía el pago de la indemnización por destrucción total
- no se entiende por qué no le requirió a la actora -ni formal ni informalmente
- la documentación necesaria para su liquidación."
"La conducta descrita contraviene no solo el principio de buena fe que debe orientar cualquier contrato, sino también la obligación profesional que la parte demandada tiene frente a su clienta consumidora. ... A lo expuesto se suma, como destacó el juez de grado y resulta oportuno remarcar, que la parte accionada no aportó prueba alguna que evidencie siquiera una solicitud, aunque sea informal, de la documentación que debía presentar la actora."
"La demandante tendrá derecho a cobrar, entonces, no la 'suma asegurada' fijada en el contrato incumplido, sino aquella que la compañía utiliza actualmente para asegurar un vehículo semejante al siniestrado."
"Los daños punitivos son 'sumas de dinero que los tribunales mandan a pagar a la víctima de ciertos ilícitos, que se suman a las indemnizaciones por daños realmente experimentados por el damnificado, que están destinados a punir graves inconductas del demandado y a prevenir hechos similares en el futuro' (Lorenzetti, Ricardo, 'Consumidores', p. 557)."
Votos: El voto del Dr. Eduardo R. Machin abrió el acuerdo y propone la solución mayoritaria. La Dra. Matilde E. Ballerini adhiere en lo sustancial pero está en disidencia parcial respecto de la cuantía del daño moral, estimando que debe ser reducida y reajustada a los montos pretendidos en la demanda. La Dra. Alejandra N. Tevez adhiere al voto del Dr. Machin.
Montos y fechas relevantes: Sentencia de grado condenó a pagar $3.870.300 más intereses y costas; suma asegurada en póliza $1.370.300; actora solicitó actualización a $16.000.000 (en agravios). Cámara fijó daño moral en $1.000.000 (voto mayoritario) y daño punitivo en $3.000.000; siniestro en mayo de 2021; mora fijada 20/10/22; intereses y tasas aplicables detalladas conforme BNA y TIM y Resolución B.C.R.A. 1/2026.
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