Logo

GONZALEZ, ROBERTO OSCAR c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCION Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió acción por indemnizaciones por despido y entrega de certificados laborales alegando fraude laboral y relación dependiente desde 1994. El Juzgado rechazó la demanda, concluyendo que la relación de dependencia comenzó el 1°/9/2010 y que antes de esa fecha el actor prestó servicios como profesional autónomo, apoyándose en pericia informática, pericia contable e informes y testimonios.

Despido indirecto Fraude laboral Locacion de servicios Profesional autonomo Pericia informatica Pericia contable Art. 23 lct Art. 80 lct Certificados seclo Inicio dependencia 01/09/2010.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GONZALEZ, ROBERTO OSCAR. Demandado: OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (OSPECON) y ADMINISTRADORA SANATORIAL METROPOLITANA S.A. (ASM). Objeto: Indemnizaciones por despido (despido indirecto), demás rubros indemnizatorios y entrega de certificados del art. 80 LCT; denuncia de fraude laboral y de interposición de sociedades para encubrir vínculo. Decisión: Se rechazó la demanda en todas sus partes. Se concluyó que la relación de dependencia comenzó el 1° de septiembre de 2010; no hubo fraude laboral por el período anterior; los certificados entregados en el SECLO son válidos; se rechazó la multa del art. 80 LCT. Costas a cargo del actor en su orden; comunes por mitades.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "En tal sentido, considero que la conjunción de los peritajes y la prueba informativa desvirtúa de modo contundente la tesis de una relación de dependencia ininterrumpida desde 1994, tal como pretende el actor." "la pericia informática (v. fs. 565/567 -digital-) ha sido determinante para dotar de plena validez a la prueba documental acompañada por la demandada ASM. La experta ha constatado la autenticidad de los correos electrónicos intercambiados entre el Dr. González y la Dirección Médica de la institución. De dichos instrumentos surge, con claridad meridiana, que el actor no recibía instrucciones propias de un trabajador subordinado, sino que se comportaba como un profesional liberal que remitía presupuestos detallados por cada práctica de alta complejidad. En estos mails, el Dr. González fijaba el valor de sus honorarios, determinaba la modalidad de pago y, lo que es aún más revelador, proponía a los profesionales de su propia confianza para integrar el equipo quirúrgico." "De lo informado por el Hospital de Pediatría SAMIC 'Prof. Dr. Juan P. Garrahan' (v. fs.363/365 -papel-), surge que el Dr. González se desempeña allí como personal de planta permanente desde el 1° de junio de 1994, cumpliendo un régimen de 42 horas semanales en el cargo de Coordinador de Unidad... difícilmente pueda el accionante haber cumplido, simultáneamente, con las notas de exclusividad y sujeción horaria que pretende atribuir a su vínculo con las demandadas." "Refuerza esta convicción el informe de Seguros Médicos S.A. (v. fs. 130/155 -papel-), el cual confirma que el Dr. González contrató y abonó por su propia cuenta un seguro de responsabilidad civil profesional -mala praxis
- desde el año 2004 hasta el 2018. Es sabido que, en una relación de dependencia, el empleador suele absorber el riesgo y cubrir a sus dependientes, por lo que la asunción personal de este costo por parte del actor es una nota típica de quien ejerce el 'arte de curar' como un 'empresario de sí mismo'." "La pericia contable (v. 654/657 -digital-) ratifica los registros laborales de la demandada ASM, informando que el actor figura inscripto como dependiente recién a partir del 1° de septiembre de 2010 (Legajo 9195). ...constando la emisión de su primera factura a favor de ASM con fecha 24 de junio de 2003... confirma la existencia de esa relación mixta donde coexistía el salario fijo por tareas habituales con la facturación de honorarios variables por cirugías de alta complejidad, sistema que el actor aceptó pacíficamente durante años." "En consecuencia, concluyo que la relación de dependencia laboral comenzó efectivamente el 1° de septiembre de 2010... que continuó realizando a través de la facturación de honorarios por prácticas de alta complejidad." "Por todo lo expuesto, concluyo que debe rechazarse la demanda en todas sus partes."
- Votos en disidencia: No hay votos en disidencia en el expediente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar