Logo

PHILIPPE, NESTOR IGNACIO c/ MATRIPLASTICOS S.A. s/DESPIDO

El actor demandó por despido e indemnizaciones derivadas de un accidente in itinere y por irregularidades en la registración y pago de haberes. El Juzgado rechazó la demanda al considerar que la desvinculación fue por abandono de trabajo con justa causa, acreditada por la conducta del trabajador y la prueba aportada por la empleadora.

Despido Abandono de trabajo Accidente in itinere Alta de art Certificados medicos particulares Prueba testimonial Registracion laboral Liquidacion final Costas Ley 25.323.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PHILIPPE, NESTOR IGNACIO. Demandado: MATRIPLASTICOS S.A. Objeto: Indemnizaciones por despido (art. 232, 233, 245 LCT), diferencias salariales, horas extras, premios de convenio, entrega de certificados (art. 80 LCT) y multas (Ley 25.323), entre otros rubros; regularización registral (Ley 24.013). Decisión: Se rechazó en todas sus partes la acción; se consideró que el despido del 12/08/2016 fue con justa causa por abandono de trabajo y se impusieron las costas a la parte actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En conclusión, la carencia de pruebas de la parte actora y la pérdida de sus testigos hacen que sus dichos sobre una fecha de ingreso anterior carezcan de todo respaldo. Por el contrario, el sólido plexo probatorio de la demandada, confirmado por el informe de ARCA y la pericia contable, permite tener por acreditado fehacientemente que la relación laboral se inició el 1° de octubre de 2008. Así lo decido." "Por todo lo analizado, entiendo que al no haberse acreditado una causa real y legítima que impidiera el reintegro, y habiéndose frustrado la notificación de la empleadora por un hecho imputable exclusivamente al trabajador, concluyo que se han reunido ambos requisitos -objetivo y subjetivo
- para configurar el abandono de trabajo. Por lo tanto, el distracto dispuesto por Matriplásticos S.A. mediante la CD N°701605387 debe ser considerado un despido con justa causa (cfr. art 244 LCT)." "Por lo tanto, corresponde rechazar el reclamo por las indemnizaciones previstas en los arts. 232, 233 -más SAC sobre dichos rubros
- y 245 LCT, así como el incremento indemnizatorio del art. 2 de la Ley 25.323. ... Por todo lo expuesto, concluyo que debe rechazarse la demanda en todos sus rubros." Además de lo anterior, el fallo incorpora citas textuales de las comunicaciones telegráficas y cartas documento intercambiadas entre las partes, destacando por ejemplo el texto del telegrama del actor del 03/08/2016 donde se transcribe el certificado médico y la respuesta de la empresa del 12/08/2016 intimando a justificar ausencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar