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Incidente Nº 4 - IMPUTADO: BAUTISTA , ELIAN MISAEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La fiscalía interpuso recurso extraordinario federal contra el punto II de la resolución de la Cámara que casó parcialmente y absolvió a E. M. B. por aplicación del art. 4 de la ley 22.278. La Cámara recondujo el recurso como uno de inconstitucionalidad y lo declaró inadmisible por falta de adecuada articulación de cuestiones constitucionales y por limitarse a discrepancias sobre hechos y valoración probatoria.

Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Inadmisible Arbitrariedad Valoracion probatoria Ley 22.278 Ley 26.879 Victima menor Casacion Camara de casacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La fiscalía (como parte recurrente del proceso penal). Demandado: E. M. B. (imputado/condenado en instancia anterior). Objeto: Impugnación del punto II de la resolución de la Cámara de Casación que, en el marco del recurso de casación, casó la resolución y absolvió a E. M. B. por aplicación del art. 4 de la ley 22.278; la fiscalía sostiene arbitrariedad y violación de derechos de la víctima y reclama tratamiento de medidas accesorias (prohibición de acercamiento, registro de la ley 26.879, etc.). Decisión: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría (votos de Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite), recondujo la presentación a un recurso de inconstitucionalidad conforme art. 27 y siguientes de la ley 402 de la CABA y declaró inadmisible el recurso interpuesto por la fiscalía, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En consecuencia, el recurso interpuesto debe ser declarado inadmisible."
- "Además, los agravios en que pretende sustentar su recurso remiten a la consideración de cuestiones de hecho, prueba y derecho común, materia ajena al ámbito de intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
- "Finalmente, se advierte que el recurso carece de una articulación fundada de alguna cuestión constitucional o federal, pues la impugnante se ha limitado a mencionar los principios y derechos fundamentales que considera vulnerados, omitiendo efectuar -con la profundidad que un planteo de estas características exige
- un análisis en torno al significado y alcance de tales preceptos y su aplicación al sub lite. Por consiguiente, no ha logrado establecer una vinculación directa y concreta entre el caso objeto de juicio y las normas constitucionales invocadas."
- Resolución dispositiva: "I. RECONDUCIR la presentación interpuesta por la parte como un recurso de inconstitucionalidad, en los términos del artículo 27 y siguientes de la ley n.º 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. II. DECLARAR INADMISIBLE el remedio interpuesto por la fiscalía, sin costas (artículos 27 y 28 de la ley nº 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y artículos 14 y 15 de la ley n° 48)."
- Votos: Voto mayoritario de Jueces Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite; el juez Horacio Días se abstuvo de emitir voto conforme art. 23, último párrafo, CPPN.

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