Recurso Queja Nº 268 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ , CRISTINA ELISABET Y OTROS s/ASOCIACION ILICITA TESTIGO DE IDENTIDAD RESERVADA: HOROVITZ, HILDA MARIA Y OTRO
La defensa solicitó el desbloqueo parcial y liberación de fondos e inmuebles embargados en causas vinculadas a Juan Carlos De Goycoechea. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal y revocó la resolución que había dejado sin efecto parte de las medidas cautelares, manteniendo las medidas cautelares oportunamente dispuestas.
Actor: Ministerio Público Fiscal (representante que interpuso el recurso de casación).
Demandado: Resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 respecto de Juan Carlos De Goycoechea (actuaciones e incidentes de embargo).
Objeto: Se impugna la resolución del TOCF N°7 que dejó sin efecto el bloqueo de activos sobre la cuenta Nro. 11451742 (Intesa San Paolo Private Bank -Suisse
- SA, Lugano) permitiendo al imputado disponer del remanente de fondos; asimismo dejó sin efecto embargos sobre inmuebles y ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes.
Decisión: Por mayoría la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, revocó la resolución impugnada y ordenó mantenerse a las medidas cautelares dispuestas oportunamente; sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (manteniendo el lenguaje del tribunal):
1) Del voto mayoritario (resolución de la Cámara que revoca):
"HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, REVOCAR la resolución impugnada y ESTAR a las medidas cautelares dispuestas oportunamente, sin costas (arts. 470, 471, 530 y 532 del CPPN)."
2) Fundamento sobre la naturaleza de la cuestión y riesgo de frustración:
"Si bien en principio las decisiones atinentes a medidas cautelares -sea que las decreten, levanten o modifiquen
- no constituyen sentencia definitiva (Fallos: 313:116) ... las razones expresadas por el Ministerio Público Fiscal en su impugnación resultan razonables para tener por fundamentado que la decisión impugnada puede
- conforme a la normativa supralegal invocada y frente a las particulares circunstancias del caso citadas
- equipararse a un pronunciamiento de carácter definitivo en tanto sería susceptible de ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior que torne ilusorios los fines resarcitorios que -también
- tiene el proceso penal ..."
3) Sobre la importancia internacional y preventiva de las cautelares en casos de corrupción:
"En consecuencia, el aseguramiento de las herramientas de las que disponga un Estado para prevenir, detectar y contribuir a la represión penal de delitos como el aquí investigado así como para avanzar en esta línea en las acciones necesarias para lograr la identificación de bienes y el recupero de activos de origen ilícito en forma oportuna y eficaz, es fundamental ..."
Otros pasajes citados con relevancia factual:
- Fecha y monto del embargo homologado por el Tribunal de origen: "embargo sobre la cuenta Nro. 11451742 ... hasta cubrir la suma en moneda extranjera equivalente a $1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos argentinos), monto fijado y actualizado el 19 de abril de 2023."
- Hechos de investigación e informes que motivaron la cautelar en la instrucción: cita del informe UIF consignando saldo en la cuenta al 02/11/2018 por "USD 5.543.443,15" y la posible relación con las maniobras investigadas.
(Se votó por mayoría: votos de Hornos y Carbajo favorables a hacer lugar; voto de Barroetaveña expuso la inadmisibilidad y propuso declarar el recurso inadmisible —sin embargo la mayoría decidió hacer lugar).
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