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Recurso Queja Nº 268 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ , CRISTINA ELISABET Y OTROS s/ASOCIACION ILICITA TESTIGO DE IDENTIDAD RESERVADA: HOROVITZ, HILDA MARIA Y OTRO

La defensa solicitó el desbloqueo parcial y liberación de fondos e inmuebles embargados en causas vinculadas a Juan Carlos De Goycoechea. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal y revocó la resolución que había dejado sin efecto parte de las medidas cautelares, manteniendo las medidas cautelares oportunamente dispuestas.

Casacion Medida cautelar Embargo Cuentas en suiza Uif Corrupcion Cohecho activo Recupero de activos Monto $1.500.000.000 Penal federal

Actor: Ministerio Público Fiscal (representante que interpuso el recurso de casación). Demandado: Resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 respecto de Juan Carlos De Goycoechea (actuaciones e incidentes de embargo). Objeto: Se impugna la resolución del TOCF N°7 que dejó sin efecto el bloqueo de activos sobre la cuenta Nro. 11451742 (Intesa San Paolo Private Bank -Suisse
- SA, Lugano) permitiendo al imputado disponer del remanente de fondos; asimismo dejó sin efecto embargos sobre inmuebles y ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes. Decisión: Por mayoría la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, revocó la resolución impugnada y ordenó mantenerse a las medidas cautelares dispuestas oportunamente; sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones textuales relevantes (manteniendo el lenguaje del tribunal): 1) Del voto mayoritario (resolución de la Cámara que revoca): "HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, REVOCAR la resolución impugnada y ESTAR a las medidas cautelares dispuestas oportunamente, sin costas (arts. 470, 471, 530 y 532 del CPPN)." 2) Fundamento sobre la naturaleza de la cuestión y riesgo de frustración: "Si bien en principio las decisiones atinentes a medidas cautelares -sea que las decreten, levanten o modifiquen
- no constituyen sentencia definitiva (Fallos: 313:116) ... las razones expresadas por el Ministerio Público Fiscal en su impugnación resultan razonables para tener por fundamentado que la decisión impugnada puede
- conforme a la normativa supralegal invocada y frente a las particulares circunstancias del caso citadas
- equipararse a un pronunciamiento de carácter definitivo en tanto sería susceptible de ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior que torne ilusorios los fines resarcitorios que -también
- tiene el proceso penal ..." 3) Sobre la importancia internacional y preventiva de las cautelares en casos de corrupción: "En consecuencia, el aseguramiento de las herramientas de las que disponga un Estado para prevenir, detectar y contribuir a la represión penal de delitos como el aquí investigado así como para avanzar en esta línea en las acciones necesarias para lograr la identificación de bienes y el recupero de activos de origen ilícito en forma oportuna y eficaz, es fundamental ..." Otros pasajes citados con relevancia factual:
- Fecha y monto del embargo homologado por el Tribunal de origen: "embargo sobre la cuenta Nro. 11451742 ... hasta cubrir la suma en moneda extranjera equivalente a $1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos argentinos), monto fijado y actualizado el 19 de abril de 2023."
- Hechos de investigación e informes que motivaron la cautelar en la instrucción: cita del informe UIF consignando saldo en la cuenta al 02/11/2018 por "USD 5.543.443,15" y la posible relación con las maniobras investigadas. (Se votó por mayoría: votos de Hornos y Carbajo favorables a hacer lugar; voto de Barroetaveña expuso la inadmisibilidad y propuso declarar el recurso inadmisible —sin embargo la mayoría decidió hacer lugar).

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