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Incidente Nº 1 - DENUNCIANTE: AGÜERO, MARÍA CRISTINA s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

María Cristina Agüero interpuso recurso extraordinario contra resolución penal de origen. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por incumplir los recaudos de la Ley nº 48 y la Acordada 4/2007, imponiendo costas.

Recurso extraordinario Inadmisibilidad Ley 48 Acordada 4/2007 Costas Camara federal de casacion penal Sala ii Derecho penal Pretensa querellante Autos de origen

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agüero, María Cristina (pretensa querellante). Demandado: Contra resolución de la causa penal de origen (la parte recurrida no aparece identificada en el extracto). Objeto: Admisibilidad y sustanciación de un recurso extraordinario federal. Decisión: La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto y fijó costas a la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Que el recurso extraordinario federal deducido no cumple con los recaudos establecidos por los arts. 14 y 15 de la Ley nº 48 y los arts. 3 incisos d) y e) de la Acordada nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (art. 11 de la mencionada Acordada), por lo que, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal ante esta instancia, corresponde declarar inadmisible la vía intentada, con costas (arts. 257 del CPCCN, 530 y cctes. del CPPN)." "En mérito a las consideraciones efectuadas, el tribunal RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario interpuesto, CON COSTAS (arts. 257 del CPCCN, 530 y cctes. del CPPN)."
- Votos: Resolución por mayoría de la Sala II (firmada por los jueces Yacobucci, Ledesma y Slokar). No se consignan votos en disidencia en el extracto.

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