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Recurso Queja Nº 74 - IMPUTADO: FERNANDEZ, ALBERTO Y OTROS s/NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES (ART.265), DEFRAUDACION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA, COHECHO, INFRACCION ART. 303 y ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248) PRETENSO QUERELLANTE: ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y OTROS

La defensa de Carlos Soria formuló queja contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones (Sala II) que rechazó un planteo de nulidad absoluta respecto de la resolución del 18/11/2025. La Cámara Federal de Casación Penal no hizo lugar a la queja por improcedente, al entender que no se acreditó un agravio actual de imposible o tardía reparación y confirmó la regla general sobre costas.

Queja Casacion Nulidad absoluta Extension de nulidad Prescindencia Agravio reparable C.p.p.n. arts. 457/530/531 Di nunzio Coimputados Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa particular de Carlos Soria. Demandado: Contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires, Sala II (fallo del 2 de junio de 2026), que confirmó procesamiento por la resolución del 18 de noviembre de 2025. Objeto: Se impugna la decisión que no hizo lugar al planteo de nulidad absoluta respecto de la resolución del 18/11/2025 y se pretende la extensión de la anulación decretada únicamente para Alberto Fernández a los demás coimputados, entre ellos Carlos Soria. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV, resolvió no hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa de Carlos Soria, con costas en la instancia, y dejó registrada la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "El remedio intentado por la parte recurrente resulta improcedente. Lo cierto es que no se advierte en el contenido del planteo motivo alguno para la intervención de este tribunal de Alzada." "Si bien la decisión atacada -en principio
- no se encuentra contemplada entre aquellas previstas en el art. 457 del C.P.P.N., tampoco la defensa ha demostrado en qué medida lo resuelto por la Cámara 'a quo' le genera a Carlos Soria un agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior a efectos de habilitar la instancia (cfr. C.S.J.N. 'Di Nunzio' Fallos: 328:1108)." "Tal como sostuvo el propio 'a quo' al descartar el planteo de nulidad, la situación de los demás consortes de causa cuyas quejas fueron oportunamente declaradas inadmisibles, y respecto de quienes se descartó la extensión de la anulación dispuesta únicamente para Alberto Fernández, quedó definida, sin que corresponda pronunciamiento alguno a su respecto." "Lo planteado en el presente resulta análogo a lo resuelto por esta Sala en la causa 'ROSENDI, Diego Nicolás s/ queja' (CFP 667/2024/72/RH23, Reg. 716/26.4, rta. el 22 de junio de 2026), en la que también se pretendió ingresar al análisis la extensión a los coimputados de lo resuelto con relación a Alberto Fernández, sin que se hiciera lugar a la queja." "Por lo expuesto, corresponde no hacer lugar a la queja interpuesta con costas en la instancia (arts. 530 y 531 del C.P.P.N.). Tener presente la reserva del caso federal."

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