Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FUENTES, BRENDA AYELEN Y OTRO s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA
El Ministerio Público Fiscal imputó a Brenda Ayelén Fuentes por intento de robo mediante violencia en la vía pública y la acusación incluyó la intervención de menores. La Cámara —Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°3— condenó a Fuentes como coautora de robo simple en grado de tentativa, imponiendo dos meses de prisión en suspenso y obligación de fijar residencia y someterse al Patronato por dos años.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal Dr. Jorge Recalde actuó en la causa).
Demandado: Brenda Ayelén Fuentes (DNI 40.345.749).
Objeto: Se le sigue en juicio por el delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda y por intervención de menores, pero mediante acuerdo y valoración probatoria la calificación quedó como robo simple en grado de tentativa, en calidad de coautora.
Decisión: Se condenó a Fuentes por coautoría de robo simple en grado de tentativa a la pena de DOS MESES DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento se deja en suspenso; se le impuso costas; y la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados por DOS AÑOS a partir de la cosa juzgada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, en cuanto a la existencia, como también se describe en el requerimiento de elevación a juicio, de menores en el lugar que generó la agravante del 41 quater del CP, entendió que no se observaban en el sumario que hubiera existido un aprovechamiento por parte de Brenda Ayelén Fuentes de la minoridad de las jóvenes, Florencia Ojeda y Magali Ojeda, para la comisión del suceso, y la sola presencia de las menores en el ámbito espacial del hecho no habilitaba la atribución automática de la agravante penal para su instrumentación."
"Que, en tal sentido, el Ministerio Público entendía que, para este caso específico, y sin marcar un precedente para futuras situaciones, el delito debía encuadrarse en la figura de robo simple, en grado de tentativa... Que eso no se podía afirmar con la certeza debida y necesaria de que ellas actuaran con las notas propias y dirigentes de una banda... se trataba de una mera reunión o actuación plural ocasional, por lo tanto, no se trataba en sí de una verdadera banda."
"Que, de acuerdo con los términos del requerimiento de elevación a juicio y las constancias de las causas, valoradas de conformidad con las reglas de la sana crítica racional..., se tiene por probado que el día 21 de febrero del 2026, a las 15:54 horas aproximadamente, Brenda Ayelén Fuentes... intentó apoderarse, mediante violencia en las personas, de elementos que portaba en el cuello una persona de sexo masculino... provocando la caída del nombrado al suelo, tras lo cual todas se dieron a la fuga..."
"Que, en relación al hecho en estudio, habrá de quedar en grado de conato, puesto que no se advierte en el mismo un apoderamiento real y efectivo de lo mal habido, dado que no se logró el cometido ante la resistencia opuesta de la víctima, y no se le secuestró absolutamente nada en poder de las imputadas..."
"Que, no hay causales de justificación que permitan excluir la antijuridicidad de la acción típica antes descripta... 6º) Que, en cuanto a la sanción a imponer, la misma será fijada en DOS MESES de PRISIÓN y entiendo que, la modalidad a que debe sujetarse, no merece observación alguna la consensuada por las partes..."
Resolución: "1º) CONDENAR a BRENDA AYELÉN FUENTES... por ser coautora penalmente responsable del delito de robo simple, en grado de tentativa, a la pena de DOS MESES DE PRISIÓN, cuyo cumplimiento se deja en suspenso y costas... 2º) IMPONER a BRENDA AYELÉN FUENTES por el término de DOS AÑOS... la obligación de fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados que corresponda..."
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