LEUCCI, ALFREDO RAMON c/ SANATORIO OTAMENDI Y MIROLI S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Sanatorio Otamendi y Miroli S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo cuestionado por la apelante, con excepción de elevar los honorarios del perito contador a 6 UMA y con imposición de costas de alzada por su orden.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: LEUCCI, Alfredo Ramón (actor).
Demandado: SANATORIO OTAMENDI Y MIROLI S.A. (accionada).
Objeto: Acción por despido (indemnizaciones derivadas del despido).
Decisión: Se confirmó la sentencia apelada en lo impugnado por la parte demandada, excepto que se elevaron los honorarios del perito contador a 6 UMA; se impusieron las costas de Alzada por su orden; y se regularon los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte demandada en el 30% de lo que le corresponda por las tareas efectuadas en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como figuran en el fallo):
"los intereses devengados correspondientes al capital reclamado, desde su exigibilidad hasta la fecha de notificación de la demanda (07/06/22, conforme digitalización del 21/06/22) serán capitalizados por única vez –sin perjuicio de la sugerencia establecida en Acta CNAT 2764/22 de fecha 07/08/22, de la cual me aparto manteniendo el criterio sustentado por la suscripta con anterioridad al dictado de la misma-, conforme las tasas fijadas según corresponda mediante Acta CNAT Nº 2601 de fecha 21/05/2014, Acta CNAT Nº 2630 de fecha 27/04/2016 y Acta CNAT Nº 2658/2017. El nuevo importe asì obtenido, continuará devengando accesorios conforme las tasas mencionadas, ello sin que implique adelanto de opinión sobre lo normado en el inciso c) del citado artículo"
"En cuanto a las costas... si bien es cierto que de conformidad con lo que dispone el art. 68, primer párrafo, del CPCCN las costas deben ser soportadas por la parte vencida ... tal principio no es absoluto ya que existen excepciones que facultan al juez a eximir al perdedor de la condena en costas, total o parcialmente, cuando existiere mérito para ello ... ,si bien la acción fue desestimada en su mayor parte, ha de coincidirse con el criterio adoptado por la judicante de grado en cuanto impuso las costas en el orden causado por cuanto, en virtud de las características y particularidades del caso el actor, al tener en cuenta los fundamentos que llevaron al rechazo de las indemnizaciones reclamadas es dable considerar que el actor pudo verse asistido de razón."
"En cuanto a los honorarios regulados al perito contador ... los mismos resultan reducidos por lo que se propone elevarlos a 6 UMA (art. 38, L.O. y normas arancelarias)."
Parte resolutiva transcrita: "1) Confirmar la sentencia apelada en lo que fue motivo de recurso y agravios a excepción de los honorarios regulados al perito contador que se elevan a 6 UMA; 2) Imponer las costas de Alzada por su orden; 3) Regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte demandada por su actuación en esta etapa en el 30% de lo que le corresponda por las tareas efectuadas en la anterior instancia."
- Votos: El Dr. LEONARDO J. AMBESI votó conforme lo expuesto; el Dr. GABRIEL de VEDIA adhirió.
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