LAGOS, NESTOR MATIAS c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Acción por accidente de trabajo reclamada contra la A.R.T. por incapacidad derivada de gonalgia izquierda. El tribunal revocó la decisión de la Comisión Médica y reconoció una incapacidad del 6,30% de la total obrera, condenando a la A.R.T. al pago de $381.357,24 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Néstor Matías Lagos (damnificado/actor).
Demandado: EXPERTA Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (A.R.T./demandada).
Objeto: Reconocimiento de incapacidad y cobro de la indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 03/09/2021 (M255
- Dolor en articulación
- Gonalgia izquierda).
Decisión: Se revocó lo decidido por la Comisión Médica N°10 que había establecido que el actor no posee incapacidad; se determinó que el actor padece una incapacidad parcial y permanente del 6,30% de la Total Obrera; se condenó a la A.R.T. a pagar $381.357,24 más intereses, costas y honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales relevantes):
"Del informe presentado en fecha 09 de junio de 2026 por el experto designado en autos surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que la parte actora presenta, como consecuencia de los hechos de marras, un síndrome meniscal postraumático interno residual en la rodilla izquierda, que le genera una incapacidad del 6% de la T.O. Además, agrega que: '…Al respecto se aclara que obra antecedente incapacitante previo reconocido del 14,25%. En consecuencia, la capacidad restante resulta: 100 – 14,25 = 85,75%. Aplicando la metodología de capacidad restante utilizada en medicina legal laboral: 6% × 85,75% = 5 ,145%. Sobre dicho valor se aplicaron los factores de ponderación correspondientes conforme las pautas normativas vigentes, arribándose al porcentaje final informado en el dictamen pericial...'. Concluye el experto que la parte actora presenta una incapacidad parcial y permanente del 6,30% de la T.O., con inclusión de los factores de ponderación que valuó el especialista."
"En suma, tengo por acreditado que, como consecuencia del accidente de trabajo acaecido el día 03/09/2021, la actora padece una incapacidad física equivalente al 6,30% de la total obrera, con inclusión de los factores de ponderación que valuó el especialista."
"Como consecuencia de lo expuesto, en virtud de la incapacidad acreditada (6,30%) de la edad del demandante a la fecha del infortunio (34 años) y el ingreso indicado, el importe resultante asciende a la suma de $193.241,70 (53 x $30.272,62 x 6,30% x 65/34), la que resulta inferior al monto establecido en el art. 3º del decreto Nro. 1694/09, pues la cifra de $180.000.
- allí prevista, actualizada según el índice RIPTE ... a la fecha del siniestro de autos ascendía a $5.044.408, por lo que dicho límite mínimo proporcional, en el caso, equivale a $317.797,70 ($5.044.408 x 6,30 / 100). En tal marco, en mi óptica cabe concluir que la prestación que le corresponde percibir a la parte actora ... vulnera el tope mínimo establecido para el semestre correspondiente, por lo que corresponde estar a esta última formula en cuestión."
"A la suma anteriormente determinada ($317.797,70), corresponde adicionar la indemnización de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773... Por lo tanto, el importe total de la prestación equivale a $381.357,24 ($317.797,70 x 20 / 100 = $63.559,54)."
"Por lo expuesto, disposiciones legales de aplicación y constancias de autos FALLO: 1) Revocar lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nro. 10 y, por lo tanto, establecer que la incapacidad laborativa de la que es portador NESTOR MATIAS LAGOS con motivo del accidente de trabajo que sufrió el día 03/09/2021 equivale a un 6,30% de la T.O. y condenar a EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A a abonarle, dentro del quinto día, la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($381.357,24), con más los intereses correspondientes. 2) Costas a la demandada."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: