CARDOSO, JUAN CARLOS c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó a GALENO ART S.A. por reparación de incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 21/10/2017. La Cámara modificó la sentencia de grado: confirmó la validez del peritaje y la existencia de incapacidad, redujo el porcentaje aplicable al tope legal (65%) y recalculó la condena en $2.668.993,80; además aplicó el criterio del Decreto 669/19 para la actualización de accesorios, con voto en disidencia sobre su constitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Cardoso, Juan Carlos.
Demandado: Galeno ART S.A.
Objeto: Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo del 21/10/2017.
Decisión: La Cámara confirmó la validez probatoria del peritaje médico que determinó incapacidad, rechazó la impugnación de la ART sobre la inexistencia del nexo causal, aplicó el tope legal del 65% para la incapacidad y modificó el monto condenatorio a $2.668.993,80; dejó sin efecto el adicional previsto por art. 3 de la ley 26.773; en cuanto a accesorios, se dispuso calcular intereses conforme al decreto 669/2019 (RIPTE) y en caso de mora aplicar tasa activa del Banco Nación, con capitalización semestral; costas y honorarios se resolvieron como consta en el voto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal):
1) Peritaje y validez probatoria:
"En atención a la índole de los planteos traídos a consideración del Tribunal cabe puntualizar que, en su dictamen pericial médico incorporado el 15/06/2023, sobre la base del examen efectuado, antecedentes del caso y estudios complementarios solicitados el auxiliar de justicia informó que, con motivo del accidente del caso, el actor presenta 'Fractura de arco cigomático asociada al Malar y al piso orbitario, con desplazamiento … 20,00%. Cicatriz retráctil de Arco Superciliar (notoria) (CRR 80,00% de 3,00%) … 2,40%. Insuficiencia Respiratoria. Disnea a grandes esfuerzos. Estadio II (CRR 77,60 de 25,00% …19,40%. RVAN Grado III (CRR 58,20% de 15,00%)8,73%. Subtotal: 50,53%. FACTORES DE PONDERACIÓN:DIFICULTAD PARA REALIZAR SUS TAREAS: ALTA, 20,00% del 50,53% = 10,10%. AMERITA RECALIFICACIÓN: No =. FACTOR EDAD (de 21 a 30 años): = 2,00%. QUANTUM GLOBAL DE INCAPACIDAD: 62,63%'."
"El peritaje de mención luce fundamentado en sólidos argumentos, en tanto que, contrariamente a lo que arguye la apelante, surge de sus términos que el experto ha tenido en cuenta todos los antecedentes aportados en autos... a la par que sustentó sus conclusiones tanto en el examen clínico como en los estudios complementarios practicados, de modo que el peritaje aparece como el producto de un razonamiento científico y objetivamente fundado, motivo por el cual cabe concluir que ... presenta plena validez probatoria (cfr. arts. 386 y 477, CPCCN)".
2) Método de capacidad restante y tope legal:
"La Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales del decreto 659/96 regula taxativos supuestos en los que deberá emplearse el criterio de la 'capacidad restante'... Sentado ello cabe concluir que, toda vez que las incapacidades determinadas por el experto médico derivan de un único accidente, no resultan de aplicación en los actuados los supuestos contemplados para el 'método de la capacidad restante'... En consecuencia, tomando en cuenta los daños e incapacidades verificadas por el perito médico ... corresponde efectuar la sumatoria de los mismos, tal como expresa el recurrente, lo cual totaliza una incapacidad del 63% T.O., que, con la incidencia de los factores de ponderación ... asciende a 77,60%... toda vez que la ley 24.557 y sus normativas reglamentarias (decreto 659/96 apartado 4) establece que '... por la incorporación de los factores de ponderación se llegue a un porcentaje igual o superior al 66% el valor máximo de dicha incapacidad será 65%'... En consecuencia, no cabe más que estar al límite dispuesto en la ley."
3) Recalculo de la condena y accesorios:
"Con arreglo a lo hasta aquí expuesto, cabe recalcular el importe indemnizatorio de acuerdo a la nueva incapacidad propuesta (65%) y los restantes parámetros no cuestionados en esta instancia en $2.046.387,80-53 x $25.588,73x 65% x (65/28)
- que resulta superior al mínimo indemnizatorio... A dicho importe se debe adicionar la compensación dineraria de pago único ... por la suma de $622.606 ... Por consiguiente, se propone reducir el importe de condena a la suma de $2.668.993,8."
4) Aplicación del Decreto 669/2019 a accesorios:
"debe dejarse sin efecto lo resuelto en el pronunciamiento de grado en materia de accesorios y establecerse que, en la etapa procesal prevista en el art. 132 de la L.O., se calculen los intereses sobre el capital nominal de condena ... según un interés equivalente a la tasa de variación de la Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y, solo en caso de mora, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del Banco de la Nación Argentina, hasta la efectiva cancelación del crédito, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... en los términos que establece el citado decreto Nro. 669/2019."
- Votos en disidencia relevantes:
"En lo que hace al tratamiento de los agravios he de disentir respecto de la aplicación del DNU 669/19, pues, considero que es manifiestamente inconstitucional ... Por ello propuse ... aplicar a la fórmula dispuesta por el art. 14 LRT ... la tasa dispuesta en las actas CNAT 2658 con más una capitalización conforme previsiones del art. 770 inc. b CCyCN... Sin embargo, ... adhiero en ese sentido a la tesis que conforma la mayoría de la sala."
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