WURMS, JOSE NESTOR c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó el rechazo administrativo de su pedido de protección sistémica por presuntas dolencias profesionales (hipoacusia, síndrome del túnel carpiano, lumbalgia). La Cámara desestimó el recurso y confirmó la decisión de grado, sosteniendo que no se acreditó el nexo sistémico ni el tiempo mínimo de exposición ni los signos audiométricos característicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Wurms, José Néstor y otros.
Demandado: Prevención ART S.A. y otros.
Objeto: Recurso (Ley 27.348) contra resoluciones administrativas que rechazaron su pedido de protección sistémica por dolencias laborales (hipoacusia, síndrome del túnel carpiano y lumbalgia).
Decisión: Se desestimó el recurso interpuesto y, por aplicación de la regla de la Cámara, ello implica confirmar lo decidido en la instancia anterior; se impone no hacer lugar al reclamo y no se imponen costas por el carácter alimentario del crédito en disputa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje del fallo):
"El trabajador considera arbitrario el decisorio de grado que desestimó su cuestionamiento de las resoluciones adversas emitidas en sede administrativa rechazando su pedido de protección sistémica.
No advierto que le asista razón: estamos ante un trabajador de una empresa de la construcción que ha iniciado distintos reclamos patrimoniales tendientes a lograr que ciertas dolencias que denuncia padecer -hipoacusia, síndrome del túnel carpiano, lumbalgia
- han sido generadas por su actividad profesional pero es una persona mayor de sesenta años -nació en 1963
- y el presupuesto fáctico de sus pretensiones se apoya en los servicios prestados para Hurón Construcciones, empresa en las que laboró apenas dos años.
En el campo sistémico, para que dolencias comunes sean tipificadas como profesionales es necesario acreditar no sólo la existencia de un agente de riesgo sino, también, prestar servicios de carácter penoso extenso durante un lapso que, prima facie, no podrá ser inferior a los tres años (ver decreto 49/14): en el caso, esta Sala mediante sólido voto de mi predecesora la Dra. Silvia Patricia Russo rechazó el reclamo sistémico del actor por lumbalgia (sent. del 22 de octubre e 2.025, “Wurms, José N. c/Prevención ART SA”, expte 33.085) y se impone adoptar análoga solución cuando se pretende la tipificación de hipoacusia y síndrome de túnel carpiano como tecnopatías profesionales siendo de destacar que la audiometría obrante en la causa administrativa no revela la existencia de la típica muesca de Carhart que tipifica las lesiones auditivas vinculadas con el ruido industrial y que, un oficial mecánico que se dedica al uso de herramientas eléctricas, no es un dependiente que deba cargar, en forma habitual y permanente, objetos pesados como puede suceder con el dependiente de una empresa de logística y desarrollar tendinitis de los rotadores y de ambos hombros conforme lo denunciado en autos.
Por ello entiendo corresponde: Desestimar el recurso interpuesto, sin costas atento el carácter alimentario del crédito en disputa."
- Votos: El voto de la mayoría integra el precedente; el Dr. Alejandro Sudera adhiere "Por análogos fundamentos, adhiero al voto que antecede." El Dr. Manuel P. Díez Selva no votó (art. 125 de la L.O.).
Fechas y firmas: Sentencia definitiva Nº 60430; causa Nº 42633/2024 — Sala VII — Juzgado Nº 51. Fecha de votación 13/07/2026; firmas fechadas 14/07/2026 por Carlos Pose (Juez Subrogante) y José Alejandro Sudera (Juez de Cámara).
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