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SZPERLING, HUGO ERNESTO c/ SWISS MEDICAL SA Y OTROS s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió acción de amparo contra Swiss Medical S.A. y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (SIMECO) para que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/23 y se anulen los aumentos de cuotas. El Juzgado hizo lugar parcialmente: rechazó el amparo respecto de Swiss Medical S.A., y declaró la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU 70/23 frente a SIMECO, ordenando la intervención de la Superintendencia de Servicios de Salud con los alcances señalados en el fallo.

Amparo Dnu 70/23 Inconstitucionalidad Cuotas medicina prepaga Superintendencia de servicios de salud Derogacion normativa Ipc Swiss medical Simeco 20 uma ($2.003.460).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Hugo Ernesto Szperling; Myriam Leonor Godoy Arroyo; Ludmila Keila Szperling. Demandado: Swiss Medical S.A. y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la CABA (SIMECO). Objeto: Se pidió que se declare la nulidad absoluta e insanable e inconstitucionalidad de los arts. 2, 267, 268 y 269 del DNU n°70/23; la nulidad de cualquier aumento de aranceles y cuotas efectuado en virtud del DNU; y que las cuotas se actualicen conforme a las autorizaciones de la Superintendencia de Servicios de Salud. Decisión: 1) Rechazó la acción de amparo promovida contra Swiss Medical S.A., con costas en el orden causado. 2) Hizo lugar a la acción de amparo contra el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (SIMECO) y declaró la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del DNU n°70/23, con los alcances establecidos en el considerando X. 3) Impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios del letrado patrocinante de la actora en 20 UMA ($2.003.460).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El art. 43 de la Constitución Nacional establece que: 'Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidas por esta Constitución, un tratado o una ley'." "La utilización de la vía del amparo se encuentra reservada a delicadas y extremas situaciones... requiriendo para su apertura circunstancias de muy definida excepción, tipificadas por la presencia de arbitrariedad, irrazonabilidad o ilegalidad manifiestas..." (considerando IV). "Por todo ello, y compartiendo el suscripto lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal Federal, corresponde acoger el planteo de inconstitucionalidad formulado por la peticionaria." (considerando IX). "El efecto inmediato de esta decisión es que en el caso en concreto queda sin efecto la derogación de los arts. 5, inc. g, y 17 de la ley 26.682 dispuesta por dicha norma... todos los aumentos dispuestos por la demandada a partir del mes de diciembre de 2023 que no fueron autorizados por la autoridad de aplicación resulten ilegítimos... la autoridad administrativa deberá efectuar el control y la aprobación de los aumentos..." (considerando X). "En lo que concierne a los pagos de las cuotas ya realizados con los parámetros de la medida cautelar dictada en esta causa –ajustados al I.P.C.–... deberán computarse como pagos definitivos y cancelatorios de la deuda devengada durante dicho período, no pudiendo las partes reclamar diferencia alguna por tal concepto." (considerando X). "Finalmente, a distinta solución arribo respecto de la codemandada Swiss Medical S.A. toda vez que no se acredita en autos que esta sea quien efectúa la facturación al accionante... por lo que corresponde rechazar la pretensión incoada." (considerando XI). Fallo (extracto): "1.
- Rechazar la acción de amparo promovida contra Swiss Medical S.A., con costas en el orden causado... 2.
- Haciendo lugar a la acción de amparo promovida ... contra el Consejo Profesional de Ciencias Económicas ... declarando la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del decreto de necesidad y urgencia n° 70/23, con los alcances establecidos en el considerando X. 3.
- Imponiendo las costas a la demandada vencida... 4.
- Regulo los honorarios del letrado patrocinante ... en 20 UMA ($2.003.460)." (Fallo final, firmado 14/07/2026).

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