CORRALES, SOLEDAD GRISEL c/ UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL REGIONAL BUENOS AIRES s/EMPLEO PUBLICO
La actora demandó por relación de empleo público contra la Universidad Tecnológica Nacional Regional Buenos Aires reclamando la regulación de honorarios periciales. La Cámara confirmó la regulación de honorarios del perito contador Ezequiel Alejandro Obrenovich por ser ajustada a derecho y aclaró que el importe no incluye IVA, que deberá depositarse si corresponde.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Corrales, Soledad Grisel
Demandado: Universidad Tecnológica Nacional Regional Buenos Aires
Objeto: Regulación y cobro de honorarios por tareas de perito contador en el marco de un proceso de empleo público.
Decisión: Se confirmó la regulación de honorarios practicada en fojas 431 respecto del perito contador Ezequiel Alejandro Obrenovich; se aclaró que no está incluido el IVA y que la obligada deberá depositar dicho tributo si se acredita la condición de responsable inscripto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que en función de la naturaleza, la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido por el perito contador, Sr. Ezequiel Alejandro Obrenovich, corresponde confirmar la regulación de honorarios de fojas 431 (conf. constancias digitales de la causa), habida cuenta que resulta ajustada a derecho (conf. Decreto Nº 16.638/57; art. 16, 20, 25, 44 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 1718/2026)."
"Que cabe dejar aclarado, que en el honorario confirmado precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."
"Todo lo cual, ASI SE RESUELVE."
Además consta: "Se deja constancia de que la Vocalía Nº 15 de esta Sala se encuentra vacante (art. 109 RJN)." Fecha de firma: 14/07/2026.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: