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Incidente Nº 1 - ACTOR: MUROLO, HORACIO ABEL DEMANDADO: EN-M TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/BENEF. DE LITIGAR S/G

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos para obviar el pago de tasas y costas en una demanda por indemnización laboral por $19.230.331,86. La Cámara rechazó la apelación del Estado y confirmó la concesión del beneficio por entender que los medios probatorios aportados acreditan la verosimilitud de la carencia de recursos.

Beneficio de litigar sin gastos Incidente Apelacion rechazada Verosimilitud Prueba testimonial Jubilacion Ley 25.164 art. 11 Costas Cpccn art. 78 y art. 68 Camara contencioso administrativo federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Horacio Abel Murolo. Demandado: EN
- Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (demandado en el incidente por beneficio de litigar sin gastos). Objeto: Solicitud de beneficio de litigar sin gastos para quedar eximido del pago de tasa de justicia y demás costas y gastos judiciales derivados de la acción principal caratulada “Murolo, Horacio Abel c/ EN
- M° Trabajo Empleo y Seguridad Social s/ Empleo Público”, expediente Nº 22660/2024; en la acción principal peticiona indemnización prevista en el art. 11 de la Ley Nº 25.164 por la suma de $19.230.331,86 o lo que en más o menos surja de la prueba. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y confirmó la resolución de primera instancia que concedió el beneficio de litigar sin gastos, con costas (art. 68 primer párrafo del CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Para así decidir, el magistrado de grado señaló que, de la prueba producida en la causa, surgía que el Sr. Murolo no poseía los medios económicos necesarios para afrontar los gastos causídicos del proceso principal." "Precisamente, el objeto de la actividad probatoria a desarrollar en el incidente de beneficio de litigar sin gastos consiste en arrimar elementos que permitan al juzgador formar la convicción acerca de la posibilidad del peticionario de obtener los recursos para afrontar el costo que eventualmente irrogue la acción por él incoada. Por ello, la peculiar naturaleza del extremo a demostrar impone que la valoración de las pruebas rendidas, realizadas conforme a las reglas de la sana crítica, no atienda a un grado de absoluta certeza sino a la posibilidad de que el caso encuadre en el supuesto que autoriza el otorgamiento del beneficio." "En este contexto, teniendo en cuenta la naturaleza de la acción pretendida y los medios probatorios reseñados precedentemente, resultan suficientes para comprobar la verosimilitud de las manifestaciones vertidas por la parte actora en la presentación liminar y en el escrito de inicio. Además, se advierte que el Representante del Fisco no se opuso a la concesión del beneficio de litigar sin gastos en la oportunidad en la que se dio intervención ... y que la parte demandada guardó silencio ante esta alzada. En tales circunstancias, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fojas 73/76 y confirmar el pronunciamiento de fojas 71, con costas (conf. art. 68 primer párrafo del CPCCN)."
- Pruebas relevantes citadas: declaraciones testimoniales (Nicolás Menghi y José Luís Farías) sobre vivienda y situación de vida; informe del Registro de la Propiedad Automotor sobre un vehículo (Renault 9 TS año 1989, vendido según actor); informe de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología que acredita obra social y condición jubilatoria y titularidad de inmueble en Morón (Partida Nº 043069). Fecha de firma: 14/07/2026. Monto reclamado en la acción principal: $19.230.331,86.

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