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AGUIRRE, ALICIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora, Alicia Elena Aguirre, promovió demanda contra ANSES solicitando reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia –diferir para liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria respecto del reajuste de la PBU– y confirmó el resto, imponiendo las costas a la vencida.

Aguirre Anses Reajuste de haberes Pbu Ripte Resol. anses 56/2018 Res. sss 01/2018 Inconstitucionalidad Costas a la vencida Liquidacion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AGUIRRE, Alicia Elena. Demandado: ANSES. Objeto: Reajuste de haberes previsionales (redeterminación del haber inicial y reajuste de la PBU), impugnación de índices aplicados (RIPTE, Resol. ANSeS 56/2018, Res. SSS 01/2018), declaración de inconstitucionalidad de normas y costas. Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado para diferir a la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria por quien pretende el ajuste de la PBU; confirmó el resto de la sentencia apelada; declaró inconstitucional la Res. 06/09 SSS (confirmando lo dispuesto por el a quo) y dispuso imponer las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que del examen de autos surge que la Sra. AGUIRRE ALICIA ELENA, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 15/12/2014." "Respecto al planteo de la recurrente sobre la aplicación del índice R.I.P.T.E de conformidad con las disposiciones de la ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados), hemos de advertir, que de las constancias obrantes en el expediente judicial, no surge que la parte actora se hubiese adherido al programa instituido por la normativa citada precedentemente, como así tampoco existe pretexto legislativo que avale la aplicación retroactiva de la ley. En consecuencia, tanto el índice que ésta establece, como la ley misma, devienen inaplicables al beneficio previsional del actor, conforme lo resuelto por éste Tribunal en autos: 'ALONSO, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES'... Fecha: 23/04/2018." "Por otro lado y en relación a la pretendida aplicación de la Res. ANSeS 56/2018 y de la Res. SSS 01/2018, cabe advertir que el más Alto Tribunal se ha pronunciado recientemente ... donde dispuso, por decisión de la mayoría, declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018, asimismo dispone Comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia ..." "En consecuencia, corresponde rechazar el agravio planteado en este punto, de conformidad con lo resuelto por esta Cámara ..." "En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES' ... por lo que corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio." "Respecto al agravio de la apelante vinculado con la declaración de inconstitucionalidad de la Res. 06/09 SSS corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada ... y confirmar la declaración de inconstitucionalidad decretada por el A quo, por haberse excedido el organismo de Administración de sus potestades reglamentarias." "Por último, en relación a las costas de ambas instancias, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en: 'AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS' ... En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)." Parte resolutiva transcrita en extracto: "I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU... II.
- CONFIRMAR el resto de la SENTENCIA del Juez de grado, en cuanto fue materia de apelación y agravio. III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."

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