MONTES, JUAN IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor reclamó reajustes por movilidad de haberes previsionales contra ANSES por aplicación normativa de 2020-2024. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la apelación del actor, declaró inconstitucionales varios Decretos y el art. 1 de la ley 27.609, ordenó diferencias y recomposición desde septiembre/2022 y confirmó el resto de la sentencia, imponiendo costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MONTES, JUAN IGNACIO.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes por movilidad de haberes previsionales (impugnación de normas, decretos y aplicación de leyes y DNU que determinaron la movilidad y bonos; pedido de diferencias y reclamo de inconstitucionalidad de normas y decretos; exención de impuesto a las ganancias; costas).
Decisión: La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y ordenó a ANSES abonar la diferencia que surja entre lo percibido y lo que se hubiera percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241 (modif. por ley 27.426); declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1º de la ley 27.609 debiéndose aplicar el Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC y ordenó recomponer el haber a partir del mensual 09/2022; confirmó el resto de la sentencia en cuanto fue materia de apelación; diferimiento para ejecución de los cuestionamientos al art. 9 de la ley 24.463 y a la ley 23.928; rechazó el agravio respecto del DNU 274/24; confirmó la exención del impuesto a las ganancias para las retroactividades; impuso las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426."
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"Respecto al agravio relacionado con índice dispuesto por el Dec. 274/24, corresponde en primer término señalar que cumplir con la pauta de movilidad no significa optar por el índice más conveniente, sino por aquél que cumpla con el principio de razonabilidad... el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad... por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante."
"Corresponde confirmar el diferimiento de su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia" (sobre art. 9 de la ley 24.463 y sobre la ley 23.928).
"Corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
"En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
(Se consignan como incorporados los fundamentos de los precedentes citados por la Cámara, que pasan a integrar el resolutorio en lo pertinente.)
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