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FERNANDEZ, RAUL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió acción contra ANSES reclamando reajustes por movilidad y diferencias previsionales. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo parcialmente lugar a la apelación del actor, declaró la inconstitucionalidad de varios decretos y del art. 1 de la ley 27.609 y revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmando el resto y imponiendo costas a la vencida.

Feri?ndez raul alberto Anses Movilidad previsional Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 27.609 Indice indec Dnu 274/2024 Diferencias previsionales Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FERNANDEZ, RAUL ALBERTO. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes por movilidad y diferencias previsionales por aplicación de normas y decretos (entre otros: Ley 27.609, decretos PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020; cuestionamientos sobre bonos extraordinarios, exención del impuesto a las ganancias, aplicación de DNU 274/24). Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de la actora en parte, declaró la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, ordenó a ANSES a pagar las diferencias que hubieran correspondido de haberse aplicado el art. 32 de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426; declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y que debe estarse al Índice de Precios al Consumidor del INDEC; revocó parcialmente la sentencia de grado en cuanto dispone recomponer el haber a partir del mensual 09/2022; confirmó el resto de la sentencia; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426." "Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC." "Respecto al agravio relacionado con índice dispuesto por el Dec. 274/24, corresponde en primer término señalar que cumplir con la pauta de movilidad no significa optar por el índice más conveniente, sino por aquél que cumpla con el principio de razonabilidad... entendemos que el índice establecido en el Decreto 274/2024, se ajusta a los criterios de razonabilidad y sustitutividad..., por lo que ha de rechazarse el agravio formulado por la apelante." "En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos: La resolución fue suscripta por los Jueces de Cámara Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza; no se consignan votos en disidencia.

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