LOSADA GERMAN GUSTAVO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS reclamando reajustes de haberes previsionales, actualización del haber inicial por servicios autónomos y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó la actualización de la Prestación Básica Universal y diferió para ejecución la evaluación de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, de los “bonos” y del art. 26 de la Ley 24.241.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: LOSADA GERMAN GUSTAVO (actor).
Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: reajustes varios de haberes previsionales; recálculo del haber inicial por servicios autónomos; actualización de Prestación Básica Universal; declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y del artículo 26 de la Ley 24.241; tratamiento de bonos/refuerzos extraordinarios; intereses y costas.
Decisión: la Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y, por mayoría, confirmó lo decidido en lo demás; ordenó la actualización de la PBU conforme jurisprudencia citada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, la incorporación de bonos/refuerzos extraordinarios y del artículo 26 de la Ley 24.241; confirmó la imposición de costas a la demandada y reguló honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos: T.325 P.3318)”.
“Respecto de la PBU, conforme lo resuelto por unanimidad por este Tribunal en autos ‘Battipede Carlos Omar c/ANSeS s/Reajustes Varios’, expte. 25234/13, sent. del 26.10.2022, y en el expediente ‘Berardi, Salvador c/ANSeS s/Reajuste Varios’, expte. 110275/09, sent. del 07.03.2023, en donde la fecha de adquisición del derecho del actor fue en vigencia de la Ley 27.426, corresponde confirmar lo resuelto en la instancia de grado y ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal conforme lo resuelto en la jurisprudencia citada.”
“A la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución... Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando, afectando la seguridad jurídica...”
“En consecuencia, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609, de la incorporación de ‘bonos’ y/o ‘refuerzos extraordinarios’ y del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; 3) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 4) Costas de Alzada a la demandada vencida...; 5) Regular los honorarios...; 6) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos.”
(Voto concurrente del Dr. Carnota haciendo extensivos fundamentos sobre aportes autónomos; disidencia del Dr. Fantini que confirma lo resuelto en grado respecto de ley 27.541 y decretos y adhiere al diferimiento sobre ley 27.609.)
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