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PELLERITI CLAUDIA CECILIA Y OTRO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSES para que cese la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional docente y se reintegren las sumas retenidas por impuesto a las ganancias. El Juzgado hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9 inciso 2º de la ley 24.463 al beneficio de la actora, ordenó el cese del descuento y el pago de las diferencias retroactivas sin retención por impuesto a las ganancias, con costas a la demandada.

Amparo Anses Ley 24.463 art. 9 Inaplicabilidad Jubilacion docente Impuesto a las ganancias Prescripcion Diferencias retroactivas Ley 24.241 Decreto 137/05.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PELLERITI CLAUDIA CECILIA (y otro). Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Se solicita que cese el descuento aplicado sobre el haber jubilatorio sustentado en el art. 9 de la ley 24.463 y el reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias; se alega que la actora es jubilada docente y que su beneficio se obtuvo conforme ley 24.016 (se reclama inaplicabilidad de la escala de deducción). Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo; se declaró inaplicable el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen de la actora; se ordenó a ANSES cesar el descuento, abonar las diferencias retroactivas con intereses y abstenerse de retener impuesto a las ganancias; se declaró prescrita la exigibilidad de sumas anteriores a dos años; se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "El art. 43 de la Constitución Nacional dispone que 'toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesiones, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley'." "Debe tratarse de algo 'descubierto, patente, claro', exigiéndose que los vicios citados sean inequívocos, incontestables, ciertos, ostensibles, palmarios, notorios, indudables; que la turbación al derecho constitucional deba ser grosera, quedando fuera del amparo pues, las cuestiones opinables." "De la documentación por ella acompañada ... surge que el beneficio de jubilación de la actora fue otorgado de conformidad con las disposiciones de la ley 24.241 -régimen general
- PBU-PC-PAP -Decreto 137/05 -este último por los servicios reconocidos como docente." "En consecuencia, teniendo en cuenta el criterio sentado por ambas Salas, como así también el carácter alimentario del crédito reclamado en autos, he de declarar la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen del actor y consecuentemente he de ordenar el cese del descuento que la accionada aplica sobre sus haberes previsionales." "En cuanto a la defensa de prescripción ... corresponde hacer lugar a la misma por las sumas anteriores a los dos años del inicio de la presente o desde la fecha inicial de pago de la prestación ... (art. 82 de la Ley Nº 18.037 ...)." "Respecto del haber mensual, el Máximo Tribunal se expidió ... ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional ... consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Por lo precedentemente expuesto, RESUELVO: 1) Hacer lugar a la acción de amparo incoada. 2) Declarar la inaplicabilidad al caso de lo dispuesto en el art. 9.2 de la ley 24.463. 3) Ordenar a la demandada ANSES que abone a la actora en el plazo de treinta (30) días ... el cese en el descuento ... absteniéndose de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias, con más las diferencias retroactivas adeudadas y sus intereses. 4) Admitir la excepción opuesta por la accionada y declarar prescriptos los créditos anteriores a dos años ... 5) Imponer las costas a la parte demandada ..." (Votos en disidencia: no existen votos en disidencia en el presente pronunciamiento.)

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